Una nueva orden obliga a todos los autónomos a incorporarse al Sistema RED
Alta en el sistema RED obligatoria para autónomos
La Orden ESS/214/2018,
de 1 de marzo, da un plazo máximo de seis meses para que los autónomos fuera
del sistema RED se den de alta en el mismo
La normativa que regula el sistema
RED se actualiza y obliga a los más de tres millones de autónomos españoles a
darse de alta en el sistema de la Seguridad Social, independientemente de si
cuentan o no con empleados.
Además, el trámite debe llevarse a
cabo hasta el 31 de agosto de 2018 como máximo.
La
noticia salió a la luz el mes pasado y,
como suele sucede en estos casos, ¡saltaron las alarmas!
Tras
recibir muchas preguntas al respecto por parte de nuestros clientes, os traemos todas las novedades
sobre esta nueva orden de la Seguridad Social que deja la normativa bien clara:
Todos los autónomos tienen que
inscribirse en el Sistema RED de la Seguridad
Social.
Ahora bien,
hay excepciones que os indicaremos también en este artículo. Pero mucha
atención porque la cosa va más allá:
A partir de octubre de 2018, los autónomos estarán
obligados a realizar los trámites con la Seguridad Social de manera totalmente
online.
¿Qué es el Sistema RED y para qué sirve?
El Sistema RED es
sencillamente un servicio de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
para que empresas, agrupaciones empresariales y autónomos puedan tener mediante
internet, y de manera totalmente segura, un contacto directo con la
Administración Pública.
Así, mediante el Sistema RED, tanto
inscritos como la TGSS, pueden intercambiar todo tipo de información y
documentos de cotización, afiliación y partes médicos.
Más
adelante te informaremos de qué tramites podrás realizar a través de internet,
una vez te inscribas. Por tanto, el objetivo de este Sistema es facilitar el
cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social por parte de los
autónomos, de manera que puedan hacer todos estos trámites sin salir de
casa.
¿Qué
autónomos deben inscribirse en el Sistema RED?:
Hasta ahora, generalmente el Sistema
RED era usado únicamente por autónomos empleadores, con Código Cuenta de
Cotización, así como empresas o grupos de empresas, para transmitir a la
Seguridad Social tanto datos como documentos relacionados con contratación,
cotizaciones de sus empleados, partes de bajas etc.
Pero a partir de la Orden
ESS/484/2013, publicada en el BOE el pasado 6 de marzo, esta inscripción en el Sistema RED
será obligatoria para todos los trabajadores autónomos.
La Orden
especifica que todos los trámites podrán hacerse por los propios autónomos, así
como por representantes legales.
Además,
Según la nueva normativa, los
autónomos quedarán también inscritos en el NOTESS.
Para extender el uso de la
Administración electrónica, la Seguridad Social implanto el sistema NOTESS, que permite el envío de
notificaciones electrónicas y que con el tiempo sustituirá al envío por correo
de las comunicaciones de la Seguridad Social.
Este sistema empezó a funcionar
desde el 1 de enero de 2013.
Las empresas que ya están incorporadas al sistema RED se han incluido automáticamente en el NOTESS. Los procedimientos
sujetos a este sistema son las reclamaciones de deudas, providencias de
apremio, actos en vía ejecutiva, procedimientos de deducción y aplazamientos.
Esto quiere decir que tendrás que
estar pendiente de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para estar al
tanto de las notificaciones que puedan enviarte, como reclamaciones de deudas.
Para
ello, hay diferentes tipos de acceso
A pesar de que a partir de ahora,
todos los autónomos inscritos en el RETA tienen la obligación de entrar en el
Sistema RED, sí existen...
Autónomos
que no deben inscribirse en el Sistema RED:
Se refiere exclusivamente al
colectivo de profesionales taurinos y a los incluidos en el Sistema Especial
para Empleados de Hogar, así como a los autónomos inscritos en el Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que estén
cotizando en los grupos 2 y 3.
¿Cómo
pueden los autónomos inscribirse en el Sistema RED?:
Como te comentábamos anteriormente,
como el objetivo de este Sistema es que los autónomos puedan realizar los
trámites con la TGSS de manera online y segura, para poder acceder al Sistema
RED es necesario un certificado digital.
La Unión
de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha solicitado que exista suficiente información
para todos los autónomos, así como medios para poder llevar a cabo esta
inscripción, teniendo en cuenta que todavía muchos autónomos están
muy descolgados del mundo digital, sobre todo a la hora de realizar este tipo
de trámites.
En las administraciones existirá una
pantalla táctil para que los autónomos puedan introducir sus datos si no lo han
hecho antes y suscribirse. De momento se
desconoce cuándo estarán activas, pero al menos es un paso para facilitar este
trámite.
Cómo tramitarla
La
normativa permite que sea el propio autónomo quien realice el trámite de alta
en Sistema RED o bien, que se encargue en su nombre un asesor autorizado como representante
legal.
De este modo, si ya cuentas con un
asesor autorizado RED, tú no tendrás que realizar ningún trámite. En cambio, si
eres autónomo también en la gestión de todo el papeleo y obligaciones fiscales,
tendrás que aparecer tú como autorizado RED.
Para
ello necesitas solicitar tu certificado digital. Para eso sólo tendrás que acudir
a cualquier oficina de la Seguridad Social con:
- Fotocopia de tu DNI
- Algún documento que certifique tu condición de
trabajador autónomo
- Solicitud expresa de acceso al sistema
¿Qué plazo se da a los autónomos para inscribirse en el Sistema
RED?:
Si aún no estás incluido como
autónomo en el Sistema RED, ya que la Orden es muy reciente, no te preocupes,
porque tienes hasta el 31 de agosto para hacerlo.
¿Qué
trámites deben hacer los autónomos en el Sistema RED?
Desde el próximo 1 de octubre de
2018, todos los autónomos tendrán la obligación de gestionar por vía
electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y
la recaudación de cuotas.
Esto
incluye, como te comentábamos anteriormente, la recepción de todas las
notificaciones de la TSGG por la SEDESS.
Para que nos entendamos, desde el
Sistema RED nuestros asesores podrán hacer todos los trámites por ti (previa
autorización tuya desde el mismo sistema), pero desde SEDESS podrás hacerlo
tú.
Por tanto, a partir de que te inscribas (tienes de plazo hasta el 31 de agosto), las gestiones con la Seguridad Social que necesariamente deberás hacer online como autónomo, con o sin representantes legales, a partir del 1 de octubre de 2018 son:
·
Cotización y afiliación: recuerda que ya es
obligatorio que la cuota de autónomos se pague sí o sí por domiciliación bancaria .
Además, te servirá para gestionar tus altas y bajas en el RETA, así como todo
lo referente a tu cotización, como cambio de bases de cotización o cambio
de cobertura por contingencias, variación de datos, o todo lo relacionado con
los datos y documentación laboral de tus trabajadores, en el caso de que
quieras contratar.
·
Comunicación de partes médicos: toda la
información y trámites relativos al Instituto Nacional de la Seguridad Social,
podrás hacerlos a partir de ahora a través del Sistema RED. Hablamos por
ejemplo de partes de alta o baja médica referentes a coberturas sociales de
Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, así como por supuesto los
partes con cobertura por contingencias comunes.
·
Asimismo, si vas a coger la baja de
maternidad o paternidad, ya puedes realizar todas estas gestiones en el Sistema
RED. Con respecto a las prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo
durante la lactancia natural y cuidado de menores afectados por cáncer u otra
enfermedad grave, estos trámites podrán hacerse mediante el Sistema RED a
partir del 1 de enero de 2019.
·
También podrán realizarse todas las gestiones
de autorizaciones.
·
Con respecto a las autorizaciones, todavía no
queda muy claro para los gestores si habrá cambios significativos, puesto que
por parte de la Seguridad Social no saben dar respuesta, al ser una normativa
muy reciente que todavía no tiene un procedimiento claramente establecido.
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