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Los impuestos del Dropshipping (venta- intermediación por internet)

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El  Dropshipping   es un modelo de negocio basado en la venta a través de Internet de productos que no se poseen en stock, mediante acuerdos y negociaciones con el fabricante o mayorista, para que sea éste el que los envíe directamente al cliente final. De esta manera, sin tener que invertir en la compra de un stock propio, también puedes vender diferentes artículos o productos que no posees físicamente. En la práctica, por ejemplo, si tú eres el que decide montar este tipo de negocio, serías el responsable de un eCommerce de  Dropshipping , en donde venderías productos de un tercero, al que se le llama: “ Dropshipper “ . Los  impuestos del dropshipping  es una de las dudas más habituales en un sistema que cobra fuerza entre los emprendedores que desean poner en marcha una tienda  online . Muchos de ellos se preguntan sobre la tributación del dropshipping, cómo se declara el IVA, qué se debe declarar en el IRPF, etc. Si no lo conoces, el  dropshipping  es una fórmula que

Pymes y autónomos llenos de incertidumbre por los aplazamientos de los impuestos

El BOE de 03 de diciembre 2016 publicó el Real Decreto Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. A través de este Real Decreto Ley se modificó el artículo 65.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT), introduciendo tres nuevos supuestos de deudas inaplazables. Concretamente en su artículo 6. Modificación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dice lo siguiente [...] No pueden ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento las siguientes deudas tributarias: [...] f) las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos a menos que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas. La interpretación de esta norma es clara, no se concederán aplazamientos ni fraccionamientos de IVA (impuesto repercutido) a partir del 1 de enero de 2017, a menos qu