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Mostrando entradas de diciembre, 2016

1 + 1 = Navidad!!!/Nadal!!!

El entusiasmo crece cuando se suma al de los demàs. Que la energia y entusiasmo que generemos entre todos contagien nuestros negocios y a todos quienes los hacemos posibles. Aprovechemos estas fiestas para reunir nuestras familias y amigos, y seguir sumando. FELIZ NAVIDAD. L'entusiasme creix quan hi sumem el dels altres. Que l'energia i entusiasme que generem entre tots contagüin els nostres negocis i a tots els que els fem possibles. Aprofitem aquestes Festes per a reunir les nostres famílies i amics, i seguir sumant. BON NADAL

La extinción de los contratos temporales y su indemnización

La duda que ha suscitado en muchas empresas la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de septiembre de 2016, que considera contrario al Derecho de la UE que el contrato de interinidad (y también el de formación) no tengan contemplada indemnización alguna cuando se extinguen. Entiendo que la sentencia del Tribunal de Luxemburgo alimentará la incertidumbre y la litigiosidad. Es probable que produzca un encarecimiento del trabajo temporal. En nuestro ordenamiento laboral han venido coexistiendo distintas modalidades de contratos de duración determinada, cuya regulación es distinta en cada uno de los tipos de contrato. Así, existen contratos temporales que tienen prevista una indemnización de 12 días por año a su finalización (contrato eventual por circunstancias de la producción o contrato de obra o servicio); pero también existen contratos temporales, como el de interinidad o los contratos formativos, que no tienen prevista indemnización alguna a su f

"¿Nos han pagado?". "No, todavía no" ¿Existe un plazo para pagar la nomina a los empleados?

Muchas empresas se ven en la situación de tener que retrasar el pago de los salarios a sus trabajadores. Aunque en la mayoría de las ocasiones esta situación se soluciona pocos días después de acabar el mes, en otros se extiende y se convierte en un verdadero problema. Ante estas situaciones, es recomendable conocer la legislación básica, que posteriormente puede ser ampliada de forma individual en los convenios colectivos de las empresas. Un detalle como este puede variar tanto de una empresa a otra. El motivo es sencillo, el Estatuto de los Trabajadores guarda silencio al respecto, y sólo dedica un artículo a esta cuestión, concretamente el artículo 29, señalando que: "La totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena", que retribuyan "el trabajo efectivo o los períodos de descanso computables como trabajo” Además; en su artículo 4, habla de los derecho

Consejos para planificar el IRPF antes del cierre del ejercicio, quedan 30 dias

Pymes y autónomos   tenéis   tiempo aún hasta el cierre de ejercicio para ahorrar en la factura fiscal.             El cierre de ejercicio es sinónimo de zafarrancho de combate -obviamente, en sentido figurado- en las pequeñas y medianas empresas ,   así como para los   autónomos .               A poco más de mes y medio para que concluya 2016, hay tiempo todavía para lograr un cierto   ahorro   en la   factura fiscal.             Déjame te deje caer unos consejitos que seguro a pymes, autónomos   y a   trabajadores por cuenta propia   pueden resultar útiles en la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) .     Trabajadores:             Si eres trabajador por cuenta ajena, con vistas a la tributación del próximo año te puede interesar cambiar retribuciones dinerarias por retribuciones en especie que no tributan, como la tarjeta restaurante, la tarjeta transporte, el vale guardería o un seguro médico para la familia, pero ten cuidado en modif