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Reparto y tributacion de los beneficios

¿Qué son los dividendos (beneficios)? Los dividendos son la parte de los beneficios corporativos que se le asigna a los accionistas. Cuando una empresa obtiene beneficios, la dirección decide si lo vuelve a invertir en el negocio o si se lo paga a los accionistas en forma de dividendos. Las empresas más estables eligen mantener el equilibrio reinvirtiendo un porcentaje y pagar el resto como dividendos, lo que puede hacerse en efectivo o en forma de acciones. Los dividendos pueden compensar el precio de una acción que no se mueve demasiado, proporcionándoles en cambio a los accionistas un ingreso. Las compañías consideradas de 'alto crecimiento' generalmente no ofrecen dividendos, dado que reinvierten los beneficios para mantener su crecimiento ampliando el negocio. En este caso, la recompensa para los accionistas es un precio de las acciones mayor del esperado. Es importante que tengas en cuenta que la empresa debe de establecer la política del reparto del beneficio, que

La soledad del empresario

Hace tan sólo unos días tuve la oportunidad de apreciar de primera mano la soledad del empresario, aunque desde perspectivas radicalmente distintas. En la misma semana mantuve dos largas y profundas conversaciones con sendas personas, embarcadas en cuerpo y alma en sus proyectos empresariales, pero en situaciones vitales muy diferentes, y por supuesto, tomando un café. Se trataba, por un lado, de una mujer emprendedora joven con lo que todavía no es más que una idea, a pesar de que lleva estudiándola muchos meses, después de haber quemado las naves del trabajo por cuenta ajena. Mi otro interlocutor era un empresario de más de 60 años, con toda una vida (¡casi 50 años!) dedicada a su proyecto empresarial. Dos realidades muy diferentes, pero con el nexo de union del espiritu empresarial, de los sueños que quieren hacerse realidad y, sobretodo, de la soledad del empresario/emprendedor, A ella quise dejarle claro que lo que necesitaba era pasar a la acción inmediatamente, pero por sí

¿Qué pasa con el Fondo de reserva de las pensiones?

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Según la prensa nacional, lo que sucede en el fondo de reserva de las pensiones es todo maravilloso. Sin embargo, para la prensa internacional estamos ante el mayor desfalco de la historia de España y probablemente de Europa. El gobierno del PP de Rajoy está usando hasta el 97,4% de los fondos de reserva del sistema de pensiones en comprar deuda pública. Es decir, el Estado español pone en el mercado deuda soberana, pero el único que la compra es el propio Estado español, que se adquiere a sí mismo la deuda que emite, usando para ello los fondos que garantiza las pensiones futuras. El diario económico alemán Deutche Wirtchafts Nachwischten, titulaba así un artículo el día 4 de enero de 2013 “Saqueo de los fondos de pensiones para comprar bonos del Gobierno de España” y en dicho artículo decía “al menos el 90% de los activos totales de los fondos de pensiones del Estado español convertidas en bonos de España. Especula con el dinero de sus jubilados, arriesgando más que sus aho

Que hacer si cancelan tu vuelo

Cuando de viajar se trata, todo puede suceder, no solo porque no sabes lo que te espera en tu destino, si no porque incluso sin salir del aeropuerto,   las sorpresas   están siempre a la orden del día.             Son muchas las razones por las que   un vuelo   puede ser cancelado, pero cuando esto ocurre la confusión y el desorden es lo primero que se apodera de los pasajeros, por eso te damos toda la toda la información que necesitas  para no caer víctima del estrés y saber   cómo actuar si se cancela tu vuelo .                         La cancelación de vuelos es la no realización de un vuelo programado cuando existe una reserva de plaza. Ante esta situación, la normativa comunitaria vigente contempla la obligación de las compañías aéreas de ofrecer medios de transporte alternativos para quien lo desee o la devolución del importe de los billetes, así como derecho a indemnizaciones económicas dependiendo de diversos factores.             Huelgas, problemas, alertas meteor

Los autónomos que trabajan en casa podrán deducir agua, luz, gas y teléfono

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala que  los autónomos que trabajan en casa puedan deducirse una parte de los gastos de suministros como   luz, gas, calefacción o teléfono .                         Discrepa, así, del criterio seguido por Hacienda que sólo admite esa posibilidad si los suministros se utilizan exclusivamente para el desarrollo de la actividad económica.                         En España en torno al 20% de los trabajadores son autónomos . Una parte de ellos no puede permitirse pagar un local, así que trabajan desde su propia casa.                          Hasta ahora, el criterio de Hacienda estaba muy claro:                         En la práctica, significaba limitar estas deducciones a las facturas a los   gastos que un autónomo puede o no deducirse   siempre genera polémica entre la Administración y los contribuyentes.                         Ello es especialmente así en el caso de los trabajadores por cuenta propia que t

El negocio de la AEAT(Hacienda Pública)

Según la interpretación administrativa y jurisprudencial de la Ley General Tributaria y del Reglamento de Recaudación un contribuyente con créditos tributarios vencidos y no pagados por una Administración tendrá sin embargo que seguir pagando tributos y cotizaciones sociales a otra Administración, sin que pueda solicitar la compensación de unos y otros.                 ¿El motivo de este absurdo? Que técnicamente la administración acreedora y deudora no son el mismo sujeto, por lo que según una interpretación estricta del Código Civil no cabría la compensación.                 Veamos con un ejemplo los perjuicios que nos consta que esta situación injusta está provocando en la práctica.                 Un empresario debe pagar una deuda tributaria ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), pero como consecuencia de la crisis no tiene liquidez suficiente.                 Aunque la Administración de una Comunidad Autónoma o la propia AEAT, tiene pendiente

La segunda oportunidad para las personas físicas no es una 'barra libre para todos'

El nuevo Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad ha hecho realidad una necesidad vital en nuestra sociedad.             El rico refranero español nos recuerda que "más vale tarde que nunca", y eso se ha hecho realidad con esta norma.             Cuando se aprobó la Ley 14/2013 de apoyo al emprendedor y su internacionalización y se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico la figura del Acuerdo extrajudicial de pagos, pensé que se trataba de una buena idea mal desarrollada. Buena idea porque, en línea con la paulatina introducción en nuestro derecho de insolvencias de instituciones paraconcursales o preconcursales iniciada por la Ley 38/2011, era necesario regular alguna modalidad procedimental que permitiera a pequeñas empresas y personas físicas alcanzar un acuerdo con sus acreedores que evitara ser declarados en concurso.             Mal diseñada porque su regulación adolecía de graves defectos que lo convertían en un in