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¿Cómo corregir un error en la declaración de la Renta?

Un papel en el fondo del cajón. Una comunicación retrasada del banco. Una ráfaga de luz en la memoria….Cualquiera puede ser el motivo que nos haga darnos cuenta de que hemos cometido un fallo al rellenar la Declaración de la Renta y, lo peor, ¿ya la has presentado. Que no cunda el pánico. Aunque no sea ningún consuelo, eso le ocurre a bastante gente. El error se puede subsanar sin complicaciones ahora que todavía no ha finalizado el plazo para presentarla. Como novedad en esta campaña es posible solicitar la rectificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente a tu expediente de Renta y marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación. En todos los casos, siempre que estemos dentro del plazo de presentación de la declaración de la renta, que para este ejercicio finaliza el 30 de junio de 2017, podremos subsanar nuestro error sin muchos problemas, pero en función del tipo de error que sea, tendremos que aplicar una vía para resolverlo u otra. Esta solicitud se realiza para

¿Estás obligado a hacer la renta 2016? ¿ Y el autónomo?¿Qué datos debes aportar para tu Renta?

Cumplir con Hacienda y hacer la declaración de la Renta es una obligación de todo contribuyente. Pero, llegado el momento, lo primero que debes preguntarte es quienes están obligados a declarar el IRPF. Y es que existen varias excepciones por las que es posible no tener que realizar este trámite sin incumplir la Ley y exponerse a posteriores sanciones. Al final, casi todo dependerá de los ingresos y su prudencia. Lo primero que hay que tener claro es que en principio todas las personas que obtengan algún tipo de renta o pensión contributiva están obligadas a presentar la declaración de la renta. La declaración de la Renta es un trámite con los servicios de Hacienda al que están obligados muchos españoles. De hecho, con carácter general, y como recuerda la Agencia Tributaria en su página web, están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido, de forma exclusiva, rentas procedentes de: -Rendimientos íntegros de

7 de noviembre último día de pago del aplazamiento declaración de la renta

En la declaración de la renta si el saldo final sale a pagar (es positiva) todos los contribuyentes podrán fraccionar su pago en dos plazos sin ningún problema para ellos, siempre que se respeten los plazos y no se trate de una declaración complementaria.   La primera parte, que es del 60%, se abono en el momento de presentar la declaración, mientras que el segundo plazo (40%) se formaliza a principios del mes de noviembre. Le recordamos que si ha optado por fraccionar el pago del IRPF 2015 en dos plazos, el próximo día 7 de noviembre se cumple el plazo para efectuar el ingreso (40% restante de la deuda tributaria) del segundo plazo de la renta del ejercicio 2015. Los contribuyentes que hayan optado por fraccionar el pago del IRPF en dos plazos y, además, hayan domiciliado el pago del segundo plazo en la Entidad colaboradora en la que efectúen el ingreso del primer plazo, no precisarán cumplimentar modelo alguno (en este caso, modelo 102), puesto que la entrega en la citada Entidad col

¿Es fiable el borrador de la renta?

Las prisas por cobrar la devolución y confirmar el borrador de inmediato puede jugar malas pasadas.             Según estimaciones del sindicato de técnicos de Hacienda,  ( Gestha), uno de cada tres borradores no es correcto   por errores, omisiones, e imprecisiones   que pueden impedir beneficiarse de las reducciones y deducciones fiscales.             Estos profesionales aconsejan   dedicar al menos una hora a repasar el borrador antes de validarlo .             " El 75% de las declaraciones que se presentan dan como resultado una devolución , y la necesidad de cobrarla rápido provoca que no se revisen ni se rectifiquen los borradores emitidos por la Agencia Tributaria (AEAT) que, en muchos casos, no dispone de toda la información necesaria para incluir numerosas deducciones en la declaración", advierte Gestha en un comunicado.                         Vamos a ver, el borrador, qué es, qué información contiene, en el que hay que fijarse antes de confirmarlo, ¿qu

Cambios en las retenciones del IRPF para 2015: así quedan

Las retenciones, esa mordida en la nomina que tantos quebraderos nos da, si no nos la aplican o esta es de escasa cuantía, nos preocupamos por la minuta que nos pueda pasar la Agencia Tributaria cuando nos toque hacer la declaración de la renta y si nos aplican la retención correspondiente y esta es elevada nos quejamos de la sangría que representa en la merma de la nomina.             Las retenciones a cuenta del IRPF , no dejan de ser un pago anticipado o a cuenta de la futura declaración, siendo su objetivo que el resultado de la declaración a realizar tenga un resultado que se acerque a cero, para así evitar que hacienda realice devoluciones o que el trabajador tenga que afrontar pagos que le cueste desembolsar.             Entre las principales novedades tributarias de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta introducidas por la Ley 26/2014, del 27 de noviembre , se encuentran las relativas a las retenciones o pagos a cuenta del IRPF, algunas d