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La Administración aumenta el control en las operaciones vinculadas para evitar fraude en el pago de impuestos

Una de las principales novedades es la entrada en vigor de la nueva regulación reglamentaria de las operaciones vinculadas, aplicable a los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2016 Consolidando la normativa en vigor desde 2009, la entrada en vigor de la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y del también nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sociedades confirma la obligatoriedad de documentar, en los nuevos términos de la normativa, todas aquellas operaciones con partes vinculantes cuando, respecto de una misma parte, se valoren en más de 250.000€, a la vez incrementado sus obligaciones de documentación para los grupos de sociedades. El objetivo de la normativa sobre operaciones vinculadas es evitar o limitar la planificación fiscal, principalmente internacional, realizada con fines de elusión tributaria. Se entiende como operación vinculada toda transacción entre personas o empresas que tienen una relación familiar, de participación o accionarial. De manera que Hacienda

Entran en vigor las novedades fiscales previstas para 2016

Una vez concluida la tramitación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado para 2016 ya podemos hacer una referencia global de las diversas medidas tributarias incorporadas, tanto en la imposición directa como indirecta, y cumplir los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea.             Las medidas tributarias tienen efecto a partir del 1 de enero de 2016.    Impuesto sobre la renta de las personas físicas:             Se eleva de 500 a 1.500 euros el importe del gasto deducible por las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y la de su cónyuge e hijos menores de veintiún años que convivan con él, cuando la persona objeto de la cobertura sea una persona con discapacidad.             En los mismos términos, en el caso del importe exento cuando la prima de seguro de enfermedad tenga la consideración de rendimiento del trabajo en especie.             Estimación objetiva

Sociedades civiles, ¿qué hacemos? ¿Y con las comunidades de bienes?

A estas alturas del ejercicio 2015, todos pensábamos que tendríamos claro que teníamos que hacer con las sociedades civiles, después de que la reforma fiscal las incluyera como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. La realidad es totalmente diferente; durante una buena parte del año, se ha estado discutiendo sobre la personalidad jurídica y el objeto mercantil de este tipo de sociedades. Recientemente, la Dirección General de Tributos (DGT) ha publicado la consulta V1779-15 donde aparece que la norma general será el reconocimiento de personalidad jurídica a las sociedades civil, dejando claro que no es posible una respuesta unívoca para todos los supuestos. Tampoco está claro cómo deberán tributar las retenciones que percibirán los socios a partir del 2016. Habrá una nómina? Tributarán como dividendos? Rendimientos de actividades económicas? Con la modificación introducida mediante la nueva Ley del Impuesto de Sociedades, Ley 27/2014 de 27 de noviembre, dicha excepción se