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Mostrando entradas de septiembre, 2015

¿Qué debo ingresar para darme de alta como autónomo? ¿Tengo pocos ingresos debo darme de alta?

Estoy seguro de que alguna vez os habéis planteado la cuestión de si es necesario darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y ante Hacienda para desarrollar actividades que generan pocos ingresos, tales como redactar contenidos para páginas web, formar parte de un programa de afiliados, vender camisetas con tus propios diseños o prestar cualquier servicio a través de un blog o página web o ser free-lance. Y todos se hacen las mismas preguntas: ¿Me tengo que dar de alta como autónomo? ¿Me compensa o será lo comido por lo servido en forma de impuestos? ¿Es compatible si trabajo por cuenta ajena?.   Circulan muchas leyendas urbanas acerca de que existe un mínimo legal, por debajo del cual no es necesario ni facturar, ni darse de alta en la Seguridad Social, ni en Hacienda. Suelen ser bulos de la cultura “chanchullera” o como yo digo de “barra de bar”. Es importante que a la hora de decidir cómo queréis hacer las cosas estéis bien informados, para evitar problemas futuros. Dice

Mejoras para recuperar el IVA de los impagados

La morosidad en España se ha convertido en un grave problema para la actividad económica. El 68% de nuestras empresas aseguran tener desequilibrios ocasionados por la alta morosidad que padecen ya que el plazo medio de pago supera los dos meses. Basta pensar en las consecuencias de una operación fallida para tomar conciencia del problema: no sólo se habrá perdido la posibilidad de cobrar el producto o servicio y con ello recuperar todo el gasto realizado para ello, sino que además se habrá liquidado a Hacienda, por un lado, el IVA repercutido al cliente moroso, y por otro, el correspondiente impuesto sobre la renta (IRPF o IS). Si tu empresa tiene algún impagado, que sepas que se han introducido importantes mejoras a la hora de recuperar el IVA repercutido, ampliándose los plazos para llevar a cabo los trámites exigibles en estos casos... Si tu empresa factura menos de 6.101.121 € al año, tendrás dos oportunidades para recuperar el IVA de estos impagados: la primera cuando hayan trans

Como actuar ante una Inspección de Trabajo (Inspección de Trabajo y Seguridad Social)

Las inspecciones de trabajo son como una lotería: no son habituales, pero si te toca, te toca, y hay que estar preparado para afrontarlas y salir airosos del trance. De hecho, en los últimos tiempos el número de inspecciones de trabajo ha aumentado como medio para luchar contra la creciente economía sumergida en España. Según fuentes de la Inspección de Trabajo, a fecha 30 de junio de 2014, el número de visitas llevadas a cabo por la Inspección de Trabajo en 2014 ha sido de más de 215.000, de las cuales se han levantado aproximadamente 41.000 actas de infracción, la gran mayoría de ellas por temas relacionados con el incumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. Por ello, aun suponiendo que toda nuestra actividad está dentro de los límites de la legalidad, más vale estar prevenidos y conocer cómo actuar antes y durante una inspección de trabajo, para evitar sanciones y problemas futuros. Con la visita de un inspector o subinspector de trabajo, en muchas ocasiones s

Nuevas formas de acceso a la propiedad de viviendas

El día 4 de agosto de 2015 se publicó en el DOGC (Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña) la Ley 19/2015, de 29 de julio, de incorporación de la propiedad temporal y de la propiedad compartida en el libro quinto del Código civil de Cataluña Cataluña ha sido pionera en la adopción de nuevas formas de adquirir la propiedad de las viviendas. El gobierno catalán ha modificado el Código Civil para dar entrada a la propiedad compartida y temporal como fórmulas para reducir el endeudamiento excesivo de los compradores en la adquisición de la vivienda y dar salida al stock de vivienda existente y pretende que sea una alternativa a la ejecución hipotecaria. Básicamente, la propiedad temporal otorga al comprador el dominio de la vivienda durante un tiempo determinado -mínimo de 6 y máximo de 99 años y, una vez finalizado el plazo, el inmueble retorna al propietario original o a sus herederos. Mientras, la propiedad compartida permite al comprador, tras una cuota inicial acordada entre l

Autónomo o “falso autónomo”

A muchos, demasiados, simplemente se les dice: “Mira hazte autónomo y así podrás continuar trabajando con nosotros”; el cómo, no se dice y menos aun el cuanto, esto es lo comúnmente conocido como “falso autónomo”. Además de ser una situación ilegal, trabajar como “falso autónomo” acarrea importantes desventajas al trabajador frente a los derechos que tendría como trabajador por cuenta ajena por el mismo trabajo que realiza. Entonces, ¿qué es un “falso autónomo”? El falso autónomo es aquel trabajador que aunque formalmente parece un autónomo en verdad tiene todas las características de un trabajador por cuenta propia ¿Por qué es falso? Porque parece un autónomo, pero no lo es realmente. Es importante saber que jurídicamente no importa lo que digan “los papeles” o los contratos firmados, si no lo que realmente se es. Se puede estar dado de alta como autónomo, y haber firmado un contrato mercantil como autónomo, pero si realmente se cumplen los requisitos para ser un trabajador por