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Me cambio de domicilio, ¿a quién se lo debo de comunicar?; ¿pueden sancionarme?

La normativa tributaria establece la obligación al contribuyente de comunicar a la Administración Tributaria el domicilio fiscal, así como las variaciones que se puedan producir en el mismo.             Con carácter general, el domicilio fiscal del contribuyente informa de la residencia fiscal y, por tanto, del sistema fiscal aplicable; de la oficina tributaria de adscripción del contribuyente; del lugar para la práctica de notificaciones y del lugar físico concreto declarado y vinculante para el obligado tributario a efectos de procedimientos administrativos y del control fiscal.             El Tribunal Supremo (STS 09/10/01) ha señalado que el Padrón de habitantes y el Registro a efectos tributarios de domicilios fiscales son registros administrativos independientes, de modo que el cambio de domicilio efectuado en el Padrón de habitantes no supone un cambio del domicilio fiscal, ni tampoco sustituye la obligación de declaración expresa.             El artículo 48 de la L

¿Qué es una factura proforma y para qué sirve?

El  término pro forma  que da nombre a esta factura, proviene del latín haciendo referencia a  “Aquella factura que se desarrolla en sincronía de una formalidad”.               Esta es una de las principales características que a simple vista podemos observar en este tipo de factura, ya que siempre deberá aparecer  de forma, clara, perfectamente visible  el termino Factura Pro Forma.             El concepto de   factura proforma  es algo que a veces no se tiene claro, identificando este tipo de documento con una   factura ordinaria. Pero ambas cosas son muy distintas.             Cuando comienzas la aventura de ser autónomo a montar tu propia empresa, te enfrentas a un amplio abanico de terminologías que probablemente antes no estaban en tu lenguaje cotidiano. Hablamos de las facturas proformas.             Un error muy común es identificarla como una factura ordinaria. Sin embargo, una proforma equivale a un presupuesto u oferta comercial (salvando las distancias) provis

Atención a la prórroga de los contratos de alquiler

El próximo mes de junio de 2016.                        Recuerda que en esa fecha entró en vigor la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que permite al inquilino prorrogar el contrato hasta dicho plazo obligatorio de tres años (antes eran cinco años).   Contratos de arrendamiento celebrados a partir del 6 de junio de 2013             El próximo mes de junio de 2016, se cumplirán tres años de la entrada en vigor de la Ley 4/2013 de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, que modificaba, entre otros aspectos, la regulación de la duración mínima de los contratos de alquiler de vivienda regulados por la LAU. Te recordamos que la LAU establece algunas condiciones generales en lo relativo a la duración del contrato, como son las siguientes: ·          La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. ·          Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrat