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Entran en vigor las novedades fiscales previstas para 2016

Una vez concluida la tramitación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado para 2016 ya podemos hacer una referencia global de las diversas medidas tributarias incorporadas, tanto en la imposición directa como indirecta, y cumplir los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea.             Las medidas tributarias tienen efecto a partir del 1 de enero de 2016.    Impuesto sobre la renta de las personas físicas:             Se eleva de 500 a 1.500 euros el importe del gasto deducible por las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y la de su cónyuge e hijos menores de veintiún años que convivan con él, cuando la persona objeto de la cobertura sea una persona con discapacidad.             En los mismos términos, en el caso del importe exento cuando la prima de seguro de enfermedad tenga la consideración de rendimiento del trabajo en especie.             Estimación objetiva

Mejoras para recuperar el IVA de los impagados

La morosidad en España se ha convertido en un grave problema para la actividad económica. El 68% de nuestras empresas aseguran tener desequilibrios ocasionados por la alta morosidad que padecen ya que el plazo medio de pago supera los dos meses. Basta pensar en las consecuencias de una operación fallida para tomar conciencia del problema: no sólo se habrá perdido la posibilidad de cobrar el producto o servicio y con ello recuperar todo el gasto realizado para ello, sino que además se habrá liquidado a Hacienda, por un lado, el IVA repercutido al cliente moroso, y por otro, el correspondiente impuesto sobre la renta (IRPF o IS). Si tu empresa tiene algún impagado, que sepas que se han introducido importantes mejoras a la hora de recuperar el IVA repercutido, ampliándose los plazos para llevar a cabo los trámites exigibles en estos casos... Si tu empresa factura menos de 6.101.121 € al año, tendrás dos oportunidades para recuperar el IVA de estos impagados: la primera cuando hayan trans

Cambios Legales en el Mod 347

En mi afán de mantenerte informado de los principales cambios legales que te afectan, a continuación te detallamos los cambios más sustanciales del modelo 347 para el ejercicio 2014 : Se amplía el ámbito de los obligados a presentar: Pasan a incluirse como obligados a presentar la declaración las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o establecimientos de carácter social , por las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza. Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas. Las distintas AAPP (Administración pública) debe

Devolución del IVA soportado en el 2013 en otros países de la unión europea

Actualmente,   numerosas personas y empresarios adquieren productos fuera de nuestras fronteras .   Las compras on-line permiten realizar este tipo de operaciones de una manera rápida y sin complicaciones. El comercio electrónico proporciona a muchas empresas materiales y componentes que muchas veces no encuentran en nuestro país y que presentan un atractivo precio de compra, que compensa los posibles gastos de envío. O e se congreso profesional en Lisboa, el material de oficina que compraste en tu viaje por Italia, el curso de Londres… en todos los casos, con las palabras de tu asesor muy presentes “¡pide factura!”, solicitaste la factura completa en las que figura el IVA portugués, italiano o del Reino Unido. Pero si no puedo meter ese IVA soportado en las declaraciones trimestrales mediante el modelo 303, ¿lo pierdo?. Las empresas que realicen compras desde España que supongan el traslado del bien adquirido desde un país de la Unión Europea a dentro de nuestras frontera

MODEL 303 1T 2014

Aquest any 2014 s’ha modificat el model de l’IVA, continua sent el 303 però ara te més caselles per informar.   Principalment una de les novetats es que s’han d’informar en una casella a part les quotes i bases d’IVA repercutit i suportat que vinguin de factures rectificatives (o sigui abonaments) per tant ens haureu de fer arribar les dades dels IVA repercutits i suportats separant les dades de factures normals i factures rectificatives. Pels que treballeu amb contaplus això segurament us significarà haver de crear comptes de IVA suportat i repercutit per poder incloure les factures rectificatives (un rollo efectivament). També s’incideix molt en especificar molt les bases d’IVA repercutit que son a tipus zero, inversió del subjecte passiu, exportacions i entregues intracomunitàries, us aconsellem que per poder quadrar bé les dades d’IVA amb la xifra de vendes de l’impost de societats treballeu amb comptes d’ingressos diferenciats per cada tipus de venda quan el tipus es ze