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El accidente “in itinere“ , y el accidente laboral; requisitos y diferencias.

Todos conocemos la definición de accidente laboral, los criterios para considerarlo como tal, sus diferentes consecuencias y las responsabilidades al respecto.             Sin embargo, cuando hablamos de un accidente laboral  “ in itinere” , las acepciones no están tan claras.               Diferencias entre accidente laboral y accidente   “ in itinere “ :             La Ley ha considerado, por ampliación, a los percances   “ in itinere “ como accidentes laborales. En su artículo 115.1 establece:   “se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.   Además, el precepto 115.2 dice:   “Tendrán la consideración de accidentes de trabajo: a) Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo”…             Sin embargo, existen algunas diferencias entre ambos conceptos:             En el   accidente laboral   se presume este carácter, siempre que la les

Cobrar o pagar en “Bitcoins”, “Litecoins”, “Peer-to-Peer Coin”, etc

Hacienda requiere a los comerciantes que utilizan “ bitcoins ”   para que en 10 días den información.             El   “ bitcoin ” y sus parecidos     son un objeto cada vez más preciado. Sin embargo, su tributación aún no está clara.             En España cada vez más negocios aceptan pagos en “ bitcoins ”.             A pesar de que su valor es muy volátil, cada vez son más los negocios que aceptan pagos con “ bitcoins ”   además de euros.             Desde despachos de abogados hasta tiendas de ropa, pasando por restaurantes, hoteles e incluso en apuestas, en juego y apuestas online.             Ahora, el órgano público intenta controlar las transacciones que se hagan con ella.             Alemania la ha reconocido como una unidad de cuenta legal. Es decir, como dinero privado en el que expresar valores o definir deudas.             China prohíbe a sus bancos operar con ella, Canadá lo llama "cosa digital", Reino Unido sopesa gravar

Nueva Ley 31/2015 para el fomento del trabajo autónomo y economía social

El Gobierno ha aprobado la  Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.             Esta ley modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo y adopta medidas de promoción del trabajo autónomo y de la economía social, un sector en el que se incluyen cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, empresas de inserción, fundaciones, asociaciones, mutualidades Principales novedades normativa de autónomos 1ª,. Tarifa Plana Autónomos: * Ampliación de la tarifa plana durante los 6 primeros meses a 50€ fijos .             Se modifica la regulación relativa a las bonificaciones y bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta propia. En este sentido, se establece como fija la Tarifa Plana de 50 euros para profesionales que causen alta inicial o q

Sociedades civiles, ¿qué hacemos? ¿Y con las comunidades de bienes?

A estas alturas del ejercicio 2015, todos pensábamos que tendríamos claro que teníamos que hacer con las sociedades civiles, después de que la reforma fiscal las incluyera como contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. La realidad es totalmente diferente; durante una buena parte del año, se ha estado discutiendo sobre la personalidad jurídica y el objeto mercantil de este tipo de sociedades. Recientemente, la Dirección General de Tributos (DGT) ha publicado la consulta V1779-15 donde aparece que la norma general será el reconocimiento de personalidad jurídica a las sociedades civil, dejando claro que no es posible una respuesta unívoca para todos los supuestos. Tampoco está claro cómo deberán tributar las retenciones que percibirán los socios a partir del 2016. Habrá una nómina? Tributarán como dividendos? Rendimientos de actividades económicas? Con la modificación introducida mediante la nueva Ley del Impuesto de Sociedades, Ley 27/2014 de 27 de noviembre, dicha excepción se