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Calendario oficial de fiestas laborales para el año 2017

El BOE de 8 de octubre de 2016, publica el calendario de los días festivos para toda España durante el 2017, con un día más respecto a este año y la posibilidad de realización de hasta siete puentes.               Como cada año, la Dirección General de Trabajo ha publicado, en el Boletín Oficial del Estado, la relación de fiestas laborales en todo el territorio nacional; de esta manera, junto con la publicación de las fiestas de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, se transcriben también las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter permanente, que figuran en el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, y en el Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.               Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2017.               El año 2017 incluirá

Ines Arrimadas; aixis no val

Aquí la teniu arribant en el seu flamant cotxe oficial taronja de Cd’s, custodiada pel bo i millor del país i ben escortada pel mismíssim Torrente! “Llevo escolta en Catalunya... Ya sabéis lo que ocurre allí...” Inés Arrimadas, aquesta senyora d’un aspecte empolainat més habitual de la cua del Luz de Gas que del nostre insigne Parlament, s’ha tret la careta i ha decidit actuar sense vergonya. Que l’audiència de televisió a Espanya, de per sí ja justeta i poc cultivada en la pluralitat, senti la cap de l’oposició catalana amb tals bestieses a la boca, és d’una perversió esfereïdora. “Llevo escolta en Catalunya... Ya sabéis lo que ocurre allí...” No Inés, no tot s’hi val. “Allí”, que és casa teva, viu un debat pacífic tan encès com apassionant, tan dividit com captivador, i fora de les discussions de sobretaula a favor o en contra de la independència amb algun xarrup de “limoncello” pel mig, no hi ha massa més a explicar (més enllà d’algun imbècil que pugui avantposar, entre amics,

Alerta: “Tienes un SMS de la Agencia Tributaria”

Recibir una notificación de la Agencia Tributaria siempre genera inquietud, pero hay un escenario peor:  Recibir una carta de Hacienda, no enterarse de ello y perder el plazo para presentar las correspondientes alegaciones y recursos o no acceder a la posibilidad de la rebaja de una sanción por pronto pago.  Cuando el cartero lleva un aviso de Hacienda y no encuentra al contribuyente, debe volver al cabo de tres días y en una hora distinta. Si el intento también resulta infructuoso, la notificación se realizará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).  No haber recibido la carta en mano no impide sus efectos o la imposición de sanciones.  Para tener una mayor certeza sobre el envío de comunicaciones fiscales, la Agencia Tributaria publicará en su página web  www.agenciatributaria.es ; solo personas físicas y no jurídicas; una nueva aplicación para que los contribuyentes puedan dejar su número de teléfono móvil o un correo electrónico con el fin de recib

7 de noviembre último día de pago del aplazamiento declaración de la renta

En la declaración de la renta si el saldo final sale a pagar (es positiva) todos los contribuyentes podrán fraccionar su pago en dos plazos sin ningún problema para ellos, siempre que se respeten los plazos y no se trate de una declaración complementaria.   La primera parte, que es del 60%, se abono en el momento de presentar la declaración, mientras que el segundo plazo (40%) se formaliza a principios del mes de noviembre. Le recordamos que si ha optado por fraccionar el pago del IRPF 2015 en dos plazos, el próximo día 7 de noviembre se cumple el plazo para efectuar el ingreso (40% restante de la deuda tributaria) del segundo plazo de la renta del ejercicio 2015. Los contribuyentes que hayan optado por fraccionar el pago del IRPF en dos plazos y, además, hayan domiciliado el pago del segundo plazo en la Entidad colaboradora en la que efectúen el ingreso del primer plazo, no precisarán cumplimentar modelo alguno (en este caso, modelo 102), puesto que la entrega en la citada Entidad col

Incidencias con las altas médicas

El   1 de diciembre de 2015 han entrado en vigor los nuevos partes médicos de baja, confirmación y alta médica , cuyo modelo ha sido aprobado mediante la   Orden ESS/1187/2015   que viene a desarrollar el   Real Decreto 625/2014   por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.               Dichos partes incluyen novedades que afectan tanto a los profesionales médicos como a los trabajadores en situación de incapacidad laboral y a las empresas en las que éstos desarrollan su actividad .             Así, desde el 1 de diciembre de 2015, los nuevos partes de   baja y confirmación de la baja se extienden en función del periodo de duración que estime el médico que los emitan y en ellos figurará la duración estimada de la baja y la fecha de la siguiente revisión médica .             Para ello, los facultativos disponen de unas tablas- suministradas y rev

Los bancos darán un informe gratis cuando corten el crédito a una pyme o emprendedor

A partir del 11 de octubre, fecha en la que entra en vigor la llamada "Circular Pyme" ( Circular 6/2016 del Banco de España , dirigida a las entidades de crédito y a los establecimientos financieros de crédito, y por la que se determinan el contenido y el formato del documento «Información Financiera PYME» y se especifica la metodología de calificación del riesgo previstos en la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial), las entidades de crédito están obligadas a facilitar a cualquier autónomo o pyme que lo desee su información financiara conforme a un modelo estandarizado, una extensa información que les permitirá calificar el riesgo de su crédito con un 'rating' similar al de las grandes empresas.               Además de avisar con una antelación mínima de 3 meses sobre que va a reducir o no renovar el crédito a la pyme o al autónomo, el banco deberá entregar un informe que incluya un análisis sobre su situación financiera, su cal

Y ¿qué hago con los albaranes?

Toda persona que trabaje por cuenta propia sabe que   debe conservar las   facturas   durante un periodo mínimo de cuatro años , que es el plazo de prescripción a efectos fiscales (6 a efectos mercantiles).             Pero una actividad económica genera más documentos que facturas.             Lo normal es que tengamos contratos comerciales con proveedores de bienes o servicios, impresos de liquidación de impuestos, tasas… y también albaranes, más numerosos si nos dedicamos al comercio.             Los albaranes o notas de entrega, pese a su frecuente uso práctico, suelen ser documentos bastante desconocidos por parte de la mayoría de las empresas, que los usan sin ser conscientes de la trascendencia de los mismos.   ¿Qué son los albaranes de entrega?               El  albarán  o  nota de entrega , es un documento mercantil que  acredita la entrega de un pedido.             El albarán original y una copia se envía al comprador, el cual debe firmarlo como prueba