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Carta a Màrius Carol, director de La Vanguardia

Senyor. Vostè és coneixedor de la frase “opinió pública i opinió publicada”. La premsa s’alimenta de notícies polítiques i també del seu efecte en la Societat. Comparteixo aquesta anàlisi. Un servidor pertany a un grup de professionals (exdirectius de banca i estalvi, consultors, enginyers i advocats) de diferents ideologies que, cada setmana, analitzem el més destacat de l’actualitat política i emetem el que anomenem Preguntes oportunes. Per mitjà de les quals convidem a la reflexió, al posicionament, davant els cinc valors que considerem indiscutibles: democràcia real, benestar, justícia social, llibertat i identitat. He de manifestar-li que vostè és un dels professionals de la comunicació a qui remetíem les nostres publicacions. Mai van rebre cap resposta seva i sempre han estat rebutjades en les tres adreces de correu electrònic de què disposàvem. Alhora, érem lectors de La Vanguardia i, dos de nosaltres també subscriptors. Vam estar d’acord quan es va posicionar, encara que pru

“El paro de los autónomos”

Menos de la cuarta parte de los trabajadores autónomos cotizan por cese de actividad para poder cobrar el desempleo. Con las nuevas medidas y ayudas puestas en marcha para los trabajadores autónomos, el pasado 26 de diciembre de 2014 se modificó la conocida Ley de Mutuas dentro de la Ley General de la Seguridad Social. En ella, se modificaba el régimen jurídico del sistema de protección de los trabajadores por cuenta propia. Desde que entrara en vigor el 1 de enero de 2015 los trabajadores autónomos tienen una cobertura por cese de actividad, es decir, el llamado “paro de los autónomos” de carácter voluntario. De igual manera, la cobertura por “Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional”, también pasa a ser voluntaria. ¿Qué es la prestación por cese de actividad de los autónomos? La prestación por cese de actividad de los autónomos era una de las tradicionales reclamaciones del sector, que pedía algún tipo de protección para los trabajadores autónomos que se quedan sin traba

Nomina en papel, ¿es obligatoria entregarla a los empleados?

Cómo debe ser la entrega de la nómina al trabajador La gran mayoría de las empresas entregan a sus empleados la nómina en papel. Además requieren de la firma de una copia para la empresa por parte del trabajador. Así mismo la copia que este se queda también estará firmada por el representante de la empresa. Pero ¿es obligatorio entregar la nómina en papel a los empleados? Lo cierto es que no es condición indispensable. Lo que sí es cierto es que la empresa, si decide sustituir la nómina en papel por una nómina electrónica, deberá facilitar a los trabajadores los medios necesarios para el acceso a los mismos. Pero también se debe facilitar el envío de dicho documento por correo electrónico o su copia en una memoria externa para que el empleado pueda guardarlo. El Tribunal Supremo, en sentencia de 1 de diciembre de 2016, entiende que la entrega al trabajador del recibo individual justificativo del pago del salario debe hacerse en el modelo correspondiente, pero no se establece en

Soy autónomo ¿Me puedo poner enfermo?

¿Qué derechos tiene el autónomo que se pone enfermo? En España, los autónomos están considerados súper héroes, ya que existe una creencia muy arraigada en la sociedad, de que están “obligados” a trabajar las 24 horas los 7 días de la semana. El caso es que, a no ser que les ocurra un accidente o causa que les incapacite física o mentalmente, es totalmente inusual ver a un autonomo en la consulta de un sanitario solicitando la baja laboral. Las bajas del autónomo y la base de cotización Los autónomos cuentan con el derecho a baja por enfermedad o accidente laboral, maternidad o paternidad. Es importante destacar, que todas estas prestaciones irán siempre en concordancia con la base de cotización que tenga cada profesional autónomo, que por ahora es de libre elección, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos por la Seguridad Social que, hoy por hoy, impone un mínimo de base de 893,10€ y un máximo de 3.751,20 €/mes. ¿Cómo escoger la base de cotización adecuada para cada a

¿Se puede despedir a un trabajador que está de baja?

El despido es una de las situaciones más desagradables a las que se puede enfrentar una persona en su vida adulta, tanto desde el punto de vista de las consecuencias económicas que conlleva como en el aspecto personal, debido a los sentimientos de frustración, humillación o vergüenza que acarrea tal cese de la actividad laboral. El despido propiamente dicho no es nunca la decisión que toma un trabajador que ha decidido emprender otro camino o que decide tomarse una excedencia no pagada. Un despido es una decisión unilateral del empleador, de la empresa, de extinguir el contrato con el trabajador de forma prematura. Se puede decir que la mayoría de personas pueden pensar que si se encuentran en una situación de Incapacidad Temporal o baja médica en su empresa, no pueden ser despedidos. Pues bien, esto no es así, ya que, antes del 23/12/2016; se podía despedir a un empleado estando de baja, tanto por enfermedad como por accidente laboral, es decir, estar de baja no supone impedimen

La devolución de los gastos de formalización de hipoteca

A la hora de comprar una vivienda mediante la contratación de una hipoteca tenemos que realizar una provisión de fondos de aproximadamente el 15 % del valor de la compraventa. ¿Quién paga los costes asociados a la constitución de una hipoteca? En casi todos los casos, el cliente. El banco que concede el préstamo suele incluir una cláusula en el contrato que traspasa todos los gastos derivados de formalizar el crédito al futuro hipotecado. Pero, al igual que ocurrió con la famosa sentencia del Supremo del 9 de mayo de 2013, ya hay jurisprudencia del Alto Tribunal que indica que esa cláusula es abusiva. Las sentencias consideran en cualquier caso que no es justo que el hipotecado cargue con todos los gastos, si bien existen dudas de si lo adecuado es que el banco se haga cargo de todos ellos. Los pagos cuestionados son los del Notario, los de escritura del crédito en el Registro de la Propiedad, los de gestoría y los de actos jurídicos documentados. Pero aquí es clave que exist

Largaos de una vez

Largaos de una vez. Largaos, sí. Los que trincáis, los que habéis trincado, los que permitisteis que otros trincaran y los que todavía hoy no hacéis nada porque se deje de trincar. Todos. Sobráis, de verdad, dejadnos en paz de una puñetera vez. Dais asco. Vuestra falta de vergüenza ha llevado la nuestra hasta límites que jamás deberíamos haber conocido. Y ahora os cubrís el culo los unos a los otros, un culo que tenéis tan sucio que hasta las pústulas de vuestra ignominia os han invadido el cerebro, y ya no es posible distinguir vuestras declaraciones rellenas de mierda de la peste que emana de un zurullo común. Callaos. Callaos de una vez. Dejad de contaminar los medios, las noticias y nuestro estado de ánimo. Dejad de hacer comunicados y ruedas de prensa, disolved todos los chanchullos, deponed vuestros privilegios y salid con la cabeza bien baja y las manos en alto. Dejad de desanimar a la gente. Dejad de decirnos que todo fue por nuestra culpa. Dejad de tomarnos por gilipollas.