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Nueva Ley 31/2015 para el fomento del trabajo autónomo y economía social

El Gobierno ha aprobado la  Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.             Esta ley modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo y adopta medidas de promoción del trabajo autónomo y de la economía social, un sector en el que se incluyen cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, empresas de inserción, fundaciones, asociaciones, mutualidades Principales novedades normativa de autónomos 1ª,. Tarifa Plana Autónomos: * Ampliación de la tarifa plana durante los 6 primeros meses a 50€ fijos .             Se modifica la regulación relativa a las bonificaciones y bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta propia. En este sentido, se establece como fija la Tarifa Plana de 50 euros para profesionales que causen alta inicial o q

¿Qué debo ingresar para darme de alta como autónomo? ¿Tengo pocos ingresos debo darme de alta?

Estoy seguro de que alguna vez os habéis planteado la cuestión de si es necesario darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y ante Hacienda para desarrollar actividades que generan pocos ingresos, tales como redactar contenidos para páginas web, formar parte de un programa de afiliados, vender camisetas con tus propios diseños o prestar cualquier servicio a través de un blog o página web o ser free-lance. Y todos se hacen las mismas preguntas: ¿Me tengo que dar de alta como autónomo? ¿Me compensa o será lo comido por lo servido en forma de impuestos? ¿Es compatible si trabajo por cuenta ajena?.   Circulan muchas leyendas urbanas acerca de que existe un mínimo legal, por debajo del cual no es necesario ni facturar, ni darse de alta en la Seguridad Social, ni en Hacienda. Suelen ser bulos de la cultura “chanchullera” o como yo digo de “barra de bar”. Es importante que a la hora de decidir cómo queréis hacer las cosas estéis bien informados, para evitar problemas futuros. Dice

Autónomo o “falso autónomo”

A muchos, demasiados, simplemente se les dice: “Mira hazte autónomo y así podrás continuar trabajando con nosotros”; el cómo, no se dice y menos aun el cuanto, esto es lo comúnmente conocido como “falso autónomo”. Además de ser una situación ilegal, trabajar como “falso autónomo” acarrea importantes desventajas al trabajador frente a los derechos que tendría como trabajador por cuenta ajena por el mismo trabajo que realiza. Entonces, ¿qué es un “falso autónomo”? El falso autónomo es aquel trabajador que aunque formalmente parece un autónomo en verdad tiene todas las características de un trabajador por cuenta propia ¿Por qué es falso? Porque parece un autónomo, pero no lo es realmente. Es importante saber que jurídicamente no importa lo que digan “los papeles” o los contratos firmados, si no lo que realmente se es. Se puede estar dado de alta como autónomo, y haber firmado un contrato mercantil como autónomo, pero si realmente se cumplen los requisitos para ser un trabajador por

¿Has cotizado más de lo que debías? Puedes solicitar una devolución

Se entiende por pluractividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su obligatoria en dos o más Regímenes distintos en la Seguridad Social. Los trabajadores que pagan al mismo tiempo como asalariado y autónomo a veces sobrepasan el límite de cotización y nadie les advierte de que tienen derecho a reembolso. El caso más habitual es el de un trabajador por cuenta ajena que cotiza por el Régimen General y que a la vez tiene alguna actividad económica que le obliga a cotizar en el Régimen de Autónomos. Esta situación no ofrece ninguna ventaja a efectos del cómputo de los periodos de cotización para la jubilación, ya que esos periodos no se suman. Un día cotizado en dos regímenes simultáneamente no computa como dos días. Trabajar al mismo tiempo como autónomo y asalariado es posible. Como consecuencia, sin embargo, a veces es posible que se acabe pagando de más a la Seguridad Social, ya que se cotiza a la vez en dos regímenes diferentes. ¿Qué