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¿Las empresas, Autónomos y negocios, cuánto tiempo deben guardar la documentación?

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Si eres autónomo o pyme tienes que plantearte si tienes alguna obligación relacionada con las facturas y los justificantes.             Estamos de lleno en la era digital, pero los papeles siguen  canibalizándonos espacio y tiempo en las empresa… sabes de lo que te hablo, ¿verdad?             Muchos de esos legajos son prescindibles, pero otros son lo que podríamos llamar:  “legalmente exigibles” .             Pese a que esta expresión puede generar cierto desasosiego, no será necesario guardar estos documentos  ad eternum , existe un límite legal de conservación. ¿Puede la Agencia Tributaria exigirme después de varios años las facturas?             La pregunta clave es: ¿Durante cuánto tiempo está obligada una pyme o autónomo a guardar sus facturas, libros y otro tipo de justificantes de su actividad?  Y para responder a la misma hemos de hacerlo desde 4 perspectivas: - Mercantil . - Fiscal . - IVA . - Prevención de blanqueo de capitales . Desde el punto

Hacienda vigila las cuentas bancarias de autónomos y de sociedades con incoherencias

La Agencia Tributaria (AEAT) ha puesto nuevamente en su punto de mira a autónomos y sociedades obligados a tributar el IVA y Sociedades. De esta forma, los profesionales por cuenta propia y las pymes podrían recibir una carta avisando de su intención de cruzar datos de tus cuentas bancarias, tanto de las que son titulares como de las que tienen autorización, con las declaraciones del pasado ejercicio,2016. Aunque se trata de un procedimiento novedoso Hacienda advierte de que estas revisiones se realizarán solo cuando se detecten incoherencia en los importes declarados. La AEAT anuncia visitas para realizar comprobaciones y regularizar la situación. “El objeto de esta comunicación es informarle de que ha sido seleccionado por la Agencia Tributaria en el marco de un plan de especial seguimiento en el cumplimiento de sus obligaciones de autoliquidación de IVA correspondientes al ejercicio 2017”. “El motivo de este especial seguimiento es que las cuantías declaradas en sus autoliqu

Alerta: “Tienes un SMS de la Agencia Tributaria”

Recibir una notificación de la Agencia Tributaria siempre genera inquietud, pero hay un escenario peor:  Recibir una carta de Hacienda, no enterarse de ello y perder el plazo para presentar las correspondientes alegaciones y recursos o no acceder a la posibilidad de la rebaja de una sanción por pronto pago.  Cuando el cartero lleva un aviso de Hacienda y no encuentra al contribuyente, debe volver al cabo de tres días y en una hora distinta. Si el intento también resulta infructuoso, la notificación se realizará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).  No haber recibido la carta en mano no impide sus efectos o la imposición de sanciones.  Para tener una mayor certeza sobre el envío de comunicaciones fiscales, la Agencia Tributaria publicará en su página web  www.agenciatributaria.es ; solo personas físicas y no jurídicas; una nueva aplicación para que los contribuyentes puedan dejar su número de teléfono móvil o un correo electrónico con el fin de recib