El "Yo, robot"

 

En pleno proceso de descomposición moral de la política española, que añora el trazo sarcástico de Berlanga, han llegado los robots y los algoritmos para redimirnos.

Y no es una broma contingente sino que "Yo, robot" ha dejado de ser una distopía para convertirse, por obra y gracia del Ministerio de Yolanda Díaz, en una parábola de la buena, o no, gestión pública tras el reconocimiento jurídico por parte del Departamento de que las actas de inspección se pueden levantar sin necesidad de firma de funcionario competente. 

Los robots han llegado y no nos habíamos enterado.

Entre tanta moción de censura política de taberna, tránsfugas a la carrera y series de intrigas políticas de televisión, que han hecho un daño irreparable en la mente de algunos políticos mediocres, había pasado por alto el comunicado que emitió el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social hace unas semanas y cuyo contenido se resume en los dos primeros párrafos: "Hoy se ha aprobado en el Consejo de Ministros una medida que consiste en la automatización de las sanciones, un sistema de extensión de Actas de Infracción de forma automatizada, sin intervención en las comprobaciones y en la firma de las mismas del personal inspector, sean Inspectores o Subinspectores”.

Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social alegan que es una medida que "permite mejorar la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objetivo de asegurar el uso responsable públicos y los derechos en el ámbito laboral".

Y todo esto sin que todavía hayan llegado los fondos europeos de reconstrucción, que parece que vienen a digitalizarnos.

La reforma afecta al Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de las Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los Expedientes Liquidatarios de Cuotas de la Seguridad Social.

Dicho de un modo llano y simple, que a partir de esta reforma una empresa puede recibir una notificación de un acta de liquidación por una infracción en el orden social expedida por una máquina y sin firma del funcionario pertinente. 

Si se permite la chanza, probablemente debería responder la notificación nuestra "Alexa" doméstica, que entre máquinas del mismo género se deben entender mejor.

Vaya por delante, y no soy sospechoso de lo contrario perteneciendo a los Cuerpos Superiores de Intervención e Inspección de Trabajo y de Inspección de Hacienda del Estado, que la utilización de las nuevas tecnologías es absolutamente necesaria y que ha permitido mejorar los sistemas de comprobación tributaria, laboral y social potenciando la eficiencia de nuestros procedimientos de gestión administrativa.

Es más, tanto la Agencia Estatal de Administración Tributaria como la Intervención General de la Administración del Estado o las Entidades Gestoras de la Seguridad Social han obtenido múltiples reconocimientos nacionales e internacionales por los procesos continuados de modernización tecnológica que han coadyuvado a combatir el fraude en todas sus manifestaciones.

Y bien que lo han constatado los sujetos pasivos del control.

Ahora bien, que el instrumental tecnológico permita identificar irregularidades no debe hacer pensar que la función atribuida a los empleados públicos se puede sustituir por un acto administrativo sin rúbrica de persona física legitimada por norma competente. 

Porque la responsabilidad será siempre personal o no será, ya que incluso la fiabilidad de la máquina deberá ser validada por persona con capacidad de obrar.

En la misma línea se manifiesta el Sindicato: "La gestión masiva de datos obrantes en las bases de datos y los cruces de información que puedas ser realizados entre ellos no debe ser utilizado para suplantar la imprescindible y necesaria intervención del inspector, garantía de los principios de seguridad jurídica, eficiencia, profesionalidad, neutralidad e imparcialidad que caracterizan desde siempre la actuación de la Inspección de Trabajo, sino que debe ser utilizado como instrumento de refuerzo de la actuación inspectora, mediante la oportuna organización, dotación de medios, planificación y creación de estructuras de equipos, con implicación de personal técnico, administrativo e inspector en su dirección, determinantes de la capacidad de procesar, analizar y contrastas las informaciones, datos y cruces de datos pertinentes en cada actuación inspectora previa."

Los principios de legalidad, seguridad jurídica, eficiencia, neutralidad e imparcialidad se quiebran con la automatización de las sanciones que propone el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Pero, es más, abre la puerta la reforma a un debate muy profundo sobre la capacidad, la responsabilidad y la integridad de los empleados públicos en su convivencia necesaria con la máquina

Un debate que no se ha planteado ni parece que interese a nadie.

Una medida que socava la forma tradicional de entender la responsabilidad individual y el principio de capacidad en la Administración Pública.

Está claro que ese debate no lo van a plantear las máquinas.

Tendremos que ser nosotros.

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