LINEAS DE FINANCIACIÓN ICO 2015
Te recordamos las principales líneas de financiación
para el 2015 que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y las entidades de
crédito han puesto en marcha para los autónomos y empresas.( con garantía, o
pones tus bienes o ná de nà, no pienses que es gratis como anuncian, tanto
tienes tanto vales)
ICO Empresas y Emprendedores
Beneficiarios de los préstamos
Podrán
solicitar estos préstamos los autónomos, las entidades públicas y
privadas (empresas, fundaciones, ONG’s, Administración Pública), que
realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir sus
necesidades de liquidez con independencia de su domicilio social o fiscal y de
si la mayor parte de su capital es español o extranjero.
También
los podrán solicitar los particulares, las comunidades de
propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para
rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.
¿Cuáles son los conceptos financiables?
1. Liquidez:
necesidades de circulante (gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores,
compra de mercancía, etc)
2. Inversiones productivas dentro de territorio
nacional:
a. Activos fijos
productivos nuevos o de segunda mano.
b. Vehículos turismos (con
precio no superior a 30.000€ más IVA). Los vehículos industriales podrán
financiarse en un 100%
c. Adquisición de empresas
d. Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA)o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
e. Liquidez con el límite
del 50% de la financiación obtenida
f. Rehabilitación o reforma de edificios, elementos
comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos)en el caso de
comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y
particulares
Se
podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma
de la operación, siempre que no se hayan realizado antes del 1 de enero de
2014.
Desde
la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para
realizar la inversión objeto de financiación.
¿Dónde se puede solicitar la información? En cualquiera de las Entidades
de Crédito que colaboran con el ICO en este producto (consultar el listado
completo en el apartado “dónde solicitar” en www.ico.es).La entidad donde se
presente la solicitud decidirá sobre la concesión de la financiación
¿Cuál es el importe máximo por cliente y a qué
modalidad pertenece? El importe máximo es de 12,5 millones de euros por cliente
y año, en una o varias operaciones.
Modalidad: Cuando el destino sea Inversión podrá pedirse bajo la modalidad de
préstamo o de leasing y cuando sea Liquidez se solicitará bajo la modalidad de
préstamo.
Plazo de amortización y
carencia: Dependiendo del destino de la financiación, el
cliente puede escoger entre las siguientes alternativas:
1. Liquidez 100%: •1 año con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 2 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 3 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 4 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
2. Inversión:
• 1 año con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 2
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 3 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 4 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 5 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 7 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 10 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• 12 años con 0 ó 2 año de carencia de principal
• 15 años con 0 ó 2 año de carencia de principal
• 20 años con 0 ó 2 año de carencia de principal
Para aquellas operaciones cuya finalidad sea Inversión y Liquidez, se
podrá elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para
Inversión.
Tipo de interés del préstamo: El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable:
• Para
operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta
2,30 %
• Para
operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de
hasta 4,00%.
• Para
operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen
de hasta 4,30%
Estos tipos de interés
se actualizan con carácter quincenal.
Si la operación se
formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la
Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación.
Comisiones: La Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la
de amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2,50%
sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior
a un año y del 2% cuando ésta sea inferior o igual a un año.
Garantías: a determinar
por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de
SGR/SAECA.
Vigencia: se
podrán formalizar préstamos al amparo de esta Línea hasta el día 12 de
diciembre de 2015.
Documentación y vigencia
Será necesario presentar la documentación que cada
Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación. Las
operaciones se podrán formalizar hasta el 12 de diciembre de 2015.
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