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Mostrando las entradas etiquetadas como iva

¿Rectificar o anular facturas?

Pues te explicamos sus diferencias y en qué casos debes aplicar cada una.                 La rectificación o anulación siempre debe ser realizada bajo el reglamento del  Real Decreto 1619/2012 , por el que se regulan las obligaciones de facturación. Es por eso que vamos a explicarte las diferencias y cuál se debe aplicar según la situación. Las facturas emitidas no deben ser eliminadas. Desde la entrada en vigor del actual Reglamento de Facturación, la única forma válida de rectificar una factura es emitiendo una factura rectificativa. Pero… rectificar no es lo mismo que anular una factura emitida. “He cometido un error fatal en una factura ya emitida! ¿Cómo puedo enmendarlo?” … En fin, errar es de humanos! Un impulso primario puede llevarte a querer deshacerte de esa factura y hacer una nueva, pero el pánico es mal consejero. Recuerda siempre esto:      Una factura no se puede cancelar sin más. No te puedes deshacer de ella como si aquí no hubiera pasado nada . Re

¿Qué IVA es deducible?

Como cada trimestre, faltan gastos para “pagar” menos IVA; y los autónomos preferentemente que llenaron el 036 de inicio de actividad sin saber la importancia del mismo, para desgravar los gastos de domicilio social. ¿Cómo puedo saber si el IVA de una factura es deducible?             Una inquietud del empresario o del autónomo es saber qué IVA se puede deducir y cuál no. El objetivo es conocer cómo puede reducir su carga fiscal a lo largo del año. En demasiadas ocasiones, las empresas o los autonomos incurren en errores a la hora de contabilizar como deducibles facturas que en realidad no lo son, algo que puede derivar en sanciones graves.             Hay tres  requisitos   que   debe cumplir el IVA soportado para que Hacienda también lo considere  IVA deducible : vinculado a la actividad, justificado documentalmente y registrado en la contabilidad.             Como norma general la principal preocupación de los empresarios y los autónomos es aumentar al máximo sus ingresos,

Hacienda prepara un sistema electrónico de gestión del IVA

El pasado 20 de octubre, la Agencia Tributaria anuncio en un comunicado una nueva estrategia de modernización para la gestión del Impuesto de Valor Añadido (IVA).         El llamado   Suministro Inmediato de Información (SII)   permitirá que Hacienda conozca en   tiempo real las transacciones comerciales   que practiquen los adscritos al sistema. Como consecuencia, se agilizarán las devoluciones y las comprobaciones se realizarán de una forma más rápida y efectiva .             El proyecto de   Real Decreto   establece la obligación de remitir electrónicamente a la Agencia Tributaria el detalle de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de   4 días   hábiles, incluidas las facturas simplificadas (tiques).             (Deberán mejorar y mucho las oficinas de Correos en el Maresme)   ¿Qué es el nuevo Suministro Inmediato de Información (SII)?               Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA que lleva 30 años funcionando, pues se pasa