Si sus datos valen millones, ¿por qué las empresas no tributan por ellos?
¿Sabía que la Constitución española establece que, bajo el principio de igualdad, todos sus ciudadanos deben contribuir, de acuerdo con su capacidad económica, al sostenimiento de los gastos públicos?
Pues hemos observado que hay
algunos que no están cumpliendo esta norma y, además, están abusando de usted.
Imagine que tiene un mineral
precioso enterrado en su jardín y nadie le paga nada por extraerlo, venderlo o
acumularlo. Algo parecido ocurre hoy con los datos digitales: tienen un valor
económico enorme, se extraen masivamente y, sin embargo, las operaciones que
los rodean no suelen pagarse ni someterse a tributación.
Lo que aceptamos con las
‘cookies’
Cada
vez que acepta las cookies en una web, usa una red social o consulta un mapa en
el móvil usted genera datos que las empresas aprovechan como materia prima.
Nuestra investigación demuestra
que este patrimonio digital invisible permanece, en gran medida, fuera del
radar de los impuestos.
Pongamos
un simple ejemplo: si accede a un periódico online aparecerá un mensaje
diciéndole que, si acepta el uso de cookies, podrá seguir navegando
gratuitamente.
Si, por el contrario, prefiere
que no se le monitoree mientras navega, puede pagar una suscripción
antiseguimiento.
Ahora
mire dónde está el truco: si no permite que la empresa se quede con sus datos
deja de enriquecerles unos 2,5 euros al mes.
Así
que le dicen que contrate el servicio por esa misma cuantía para poder navegar
sin ser muy monitoreado (porque lo seguirá siendo igual).
Eso sí, si paga con dinero los
2,50 euros incluyen el IVA. Si paga con los datos, no.
La
Comisión Europea calculó que la aplicación de su Ley de Datos podría generar
hasta 270 000 millones de euros adicionales de PIB para los países miembros
antes de 2028.
Una cifra que ilustra por qué
hablar de datos es hablar de patrimonio, de riqueza real, y, en última
instancia, de una brecha fiscal que los sistemas tributarios aún no han cerrado.
Este artículo explica qué son los
datos digitales desde una perspectiva patrimonial y jurídica, cómo se intenta
valorarlos y por qué el régimen fiscal actual genera una desconexión
preocupante entre la economía digital y el sostenimiento del gasto público.
Los datos son bienes aunque la Ley
no los llame así
Durante siglos, el derecho
patrimonial giró en torno a cosas tangibles: tierras, edificios, maquinaria.
Incluso el concepto jurídico de “bien”
se modeló sobre la idea de algo que se puede tocar y transferir físicamente.
Los bienes digitales rompen esa lógica por completo.
Los
bienes o activos digitales son parte del patrimonio de las personas físicas y
de las personas jurídicas, pero a la dificultad de glosarlos se suma la
complejidad de calificarlos.
Respecto a lo que debe entenderse
como bien, ya en 1978 el jurista José Castán Tobeñas defendía la existencia de
“entidades” –materiales o
inmateriales– capaces de satisfacer una utilidad económica a las personas.
Los datos, bienes digitales de
inmaterialidad manifiesta, cumplen con el criterio de Tobeñas ya que se
recopilan, se procesan, se intercambian y se monetizan. No perdamos de vista
que a efectos tributarios los que no son bienes deben ser calificados como
prestaciones de servicios.
Valorar los datos para una
tributación justa
No son pocos los investigadores
que definen a los datos como el “oro
negro” de la economía del siglo XXI. Pero, para poder someter a impuestos
este oro, debe poder valorarse de alguna forma.
El Ministerio de Economía francés
se refería, ya en 2013, a los datos personales como “la divisa más preciada del milenio”, que resulta ser gratuita para
el mercado digital, por lo que las empresas se enriquecen sin pagar impuestos
ni contribuir al esfuerzo colectivo del territorio donde residen los usuarios.
También
en España, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
recoge, en su espacio sobre los datos, una reflexión sobre cuál es el valor de
los datos.
Basándose en el estudio británico
“Transforming Highways England’s approach
to data”, admite la diversidad de mecanismos para valorar los datos a
efectos empresariales, no así a efectos legales.
Aceptado ya que los datos son
patrimonio digital y que tienen valor, en la normativa tributaria actual no
tienen un encaje concreto pues la falta de definición jurídica impide su
calificación clara y cuantificación correcta.
La actividad económica y la
titularidad de los datos
Pese
a este vacío legal, los mercados no esperan.
Las valoraciones bursátiles de
las grandes tecnológicas incorporan, implícitamente, el valor de sus
repositorios de datos, ya sean abiertos y gratuito, como el de Common Crowl, o
privados (cerrados) y onerosos como los de medios de comunicación.
La
inteligencia artificial se alimenta de cantidades ingentes de datos y hay una
lucha constante por hacer respetar la titularidad de dichos datos, que son
usados gratuitamente al estar publicados en internet.
En muchas ocasiones se vulneran
los derechos de autor de los usuarios pues, al aceptar las condiciones de uso
de las plataformas, aunque mantengan la propiedad de la información que
introducen, les otorgan ilimitadamente derechos sobre los datos, que luego usan
y copian indefinidamente con la sola contraprestación de haber dado acceso a la
plataforma y sus contenidos.
Sin valor tributario efectivo
La
tenencia de estos datos puede condicionar, por ejemplo, las fusiones y
adquisiciones societarias de plataformas y páginas web, ya que, a menudo, estas
operaciones se deciden en función del tamaño y calidad de las bases de datos de
las empresas.
Los inversores lo saben y conocen
este valor, que no se verá incluido en su justa medida en el valor de las
empresas.
Este
desajuste entre la existencia de un valor y su falta de reconocimiento en el tráfico
económico conlleva que aquellos que quieran pagar impuestos por su tráfico no
puedan hacerlo con la seguridad jurídica exigible.
Además, quienes no quieren pagar
impuestos se estén enriqueciendo injustamente sin contribuir al sostenimiento
de los gastos públicos como el resto de contribuyente.
Sus datos valen millones, sí,
pero no tributan.
Ana
Cediel
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