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Alquilar un inmueble con fines turísticos ¿Qué obligaciones tienes que cumplir con la AEAT?

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En los últimos años el número de alquileres de inmuebles con fines turísticos a través de plataformas como HomeAway o Airbnb se ha multiplicado lo que ha provocado que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) intensifique su control sobre este tipo de alquileres con el fin de evitar situaciones de fraude fiscal. Inmuebles turísticos Para evitar inspecciones y comprobaciones tributarias por parte de la AEAT, detallamos a continuación todas y cada una de las obligaciones que deberán cumplir los propietarios de viviendas turísticas en función de si son o no residentes fiscales en España. Obligaciones fiscales de los propietarios de inmuebles turísticos que sean residentes fiscales en España - Darse de alta como arrendador en la Agencia Tributaria a través del modelo 036. - Tributar los ingresos por el IRPF: Para que estos ingresos se considere, a efectos de IRPF, actividad económica, el contribuyente debe tributar por rendimientos del capital inmobiliarios s

Nueva obligacion: Legalizacion de libros de actas y libros de registro por medios telematicos

El artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (la “Ley de Emprendedores”), establece que todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios, con arreglo a las disposiciones legales aplicables1 (los “Libros”), “Los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios son los siguientes : .-   libro de inventarios y cuentas anuales y libro diario; .-   libro de actas y de los órganos colegiados de la sociedad   .- libro registro de acciones nominativas, en el caso de tratarse de una sociedad anónima, o libro registro de socios, si se trata de una sociedad de responsabilidad limitada; y .- libro registro de contratos con el socio/accionista único, en el caso de una sociedad unipersonal”.             Se legalizarán telemáticamente en el Registro Mercantil correspondiente después de su cumplimentación en soporte electrónico y antes de que trascurran cuatro meses desde la fecha del cierre de