Regularización extraordinaria de inmigrantes 2026: Implicaciones laborales


 La regularización extraordinaria de 2026 no es solo una medida migratoria.

Es una oportunidad laboral, empresarial y organizativa. Para las personas migrantes, supone trabajar con derechos.
Para las empresas, contratar con seguridad. Y para quienes asesoran, acompañar el proceso marca la diferencia.
La regularización extraordinaria de 2026 supone un cambio estructural en el mercado de trabajo español al permitir que cientos de miles de personas accedan a la legalidad vigente.
Como ya sabrá por diversos medios de información, el Gobierno ha dado el primer paso para activar un proceso extraordinario de regularización de personas extranjeras que ya residen en España en situación administrativa irregular. La medida se articulará mediante un Real Decreto, actualmente en fase de audiencia pública (y pendiente de su aprobación y publicación en el BOE) , y podría beneficiar a más de 500.000 personas.
La regularización permitirá acceder a una autorización de residencia y trabajo por un año, prorrogable posteriormente por las vías ordinarias del Reglamento de Extranjería, y tendrá efectos inmediatos tanto para trabajadores como para empleadores.
No se trata de una promesa difusa, sino de un procedimiento con fechas, requisitos y efectos laborales concretos, tal y como ha adelantado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

 

1. Marco general de la regularización extraordinaria
El Ejecutivo ha optado por la vía reglamentaria apelando a razones de urgencia social y económica. El objetivo declarado es claro: integrar administrativamente a personas que ya viven en España, reducir la economía sumergida y facilitar su acceso al empleo formal.
Podrán acogerse, en términos generales:
• Personas extranjeras que hayan entrado en España antes del 31 de diciembre de 2025.
• Quienes acrediten permanencia continuada durante al menos cinco meses antes de solicitar la regularización.
• Solicitantes de protección internacional que hayan presentado su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025.
• Personas sin antecedentes penales ni en España ni en los países donde hayan residido.
El plazo previsto para presentar solicitudes será corto: desde abril hasta el 30 de junio de 2026.
El plazo será limitado y concentrado. Llegar tarde o con documentación incompleta puede dejar fuera del proceso.

2. Qué cambia para las personas migrantes
Uno de los elementos más relevantes es que la admisión a trámite de la solicitud permitirá trabajar legalmente, sin necesidad de esperar a la resolución definitiva.
Esto supone, por primera vez para muchas personas:
- Acceso legal al mercado de trabajo.
- Alta en Seguridad Social.
- Cotización real y acumulación de derechos.
- Acceso pleno a la sanidad pública.
Eso sí, la regularización no concede nacionalidad, no elimina la posibilidad de expulsión en caso de delito y no da ayudas automáticas.
Regularizar no es “borrón y cuenta nueva”. Existen requisitos y controles que deben cumplirse desde el primer momento.

3. Impacto directo en las empresas contratantes
Para las empresas, esta regularización es algo más que una cuestión social. Es una oportunidad de ordenar relaciones laborales que ya existen o de cubrir vacantes estructurales.
La autorización concedida habilita para trabajar en cualquier sector y en todo el territorio nacional, lo que facilita:
• Formalizar contratos hoy inexistentes.
• Reducir riesgos ante la Inspección de Trabajo.
• Incorporar personal en sectores con escasez de mano de obra.
Eso sí, la regularización no borra las obligaciones laborales previas. Cada incorporación debe analizarse caso por caso.
Atención. Contratar sin revisar correctamente la situación anterior puede generar responsabilidades laborales o sanciones.

4. Sectores especialmente afectados
El impacto será especialmente intenso en sectores donde la mano de obra extranjera es estructural:
• Agricultura y campañas agrícolas.
• Hostelería y restauración.
• Construcción.
• Servicios de cuidados y atención domiciliaria.
• Actividades auxiliares y de baja cualificación.
En estos ámbitos, la regularización puede transformar empleo informal en relaciones laborales estables y planificables.
La regularización no sustituye al cumplimiento del convenio colectivo ni de la normativa laboral sectorial.

5.Asesoramiento
Este proceso no es automático ni sencillo. Requiere criterio técnico y planificación, especialmente en:
- Acreditación de la permanencia en España.
- Preparación de documentación válida.
- Formalización correcta de contratos y altas.
- Coordinación entre empresa, trabajador y administración.
Una actuación anticipada permite convertir la regularización en una ventaja, no en un problema.
La saturación administrativa será elevada. Improvisar aumenta el riesgo de errores difíciles de corregir.

6. Lo que no es esta regularización (y conviene aclarar)
La regularización no implica:
• Derecho a voto en elecciones generales.
• Nacionalidad española automática.
• Libre circulación por la Unión Europea.
• Acceso automático a prestaciones o ayudas.
Lo que concede es residencia y trabajo legal en España, con los mismos derechos y obligaciones laborales que cualquier otro trabajador.
Atención. Creer que la regularización “lo arregla todo” es una de las causas más habituales de decepción posterior.

7. Implicaciones clave para el empleo
Permiso dual de residencia y trabajo: La medida otorga automáticamente una autorización que habilita tanto para residir como para trabajar por cuenta propia o ajena.
Afloramiento de la economía sumergida: Se espera que gran parte de los trabajadores que ya desempeñaban labores en sectores como la agricultura, hostelería o cuidados se formalicen, aumentando las cotizaciones a la Seguridad Social.
Igualdad de derechos: Los trabajadores regularizados adquieren los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador, incluyendo salarios según convenio, vacaciones y protección frente a riesgos laborales.
Seguridad jurídica para empresas: Las empresas que actualmente emplean a personas sin papeles podrán formalizar sus contratos sin incurrir en las graves sanciones administrativas previas.
Reducción de la precariedad: Al salir de la invisibilidad legal, disminuye el riesgo de explotación y se fomenta una competencia más justa entre empresas del mismo sector.

8. Fechas y condiciones laborales
Plazo de solicitud: El proceso está previsto que se inicie en abril de 2026 y finalice el 30 de junio de 2026.
Requisito de estancia: Se aplica a quienes estuvieran en España antes del 31 de diciembre de 2025.
Sector estratégico: La medida busca paliar la falta de mano de obra en sectores clave identificados por el Ministerio de Inclusión.

Para iniciar la contratación y el alta en la Seguridad Social en 2025, las empresas deben solicitar a sus empleados una serie de documentos obligatorios que garantizan el cumplimiento de la normativa laboral española.
1. Identificación y Residencia
* DNI o NIE: Fotocopia del documento de identidad vigente.
* Autorización de Trabajo: Para ciudadanos extracomunitarios, es imprescindible la resolución de concesión de residencia y trabajo.
* Pasaporte: En el caso de trabajadores extranjeros que aún no posean el NIE físico.

2. Afiliación y Fiscalidad
* Número de Seguridad Social (NUSS/NAF): Si el trabajador ha trabajado antes, debe aportar su número de afiliación. Si es su primer empleo, se utiliza el Modelo TA1 para solicitarlo.
* Modelo 145: Declaración jurada de datos del perceptor para que la empresa calcule la retención del IRPF según su situación familiar.
* Datos Bancarios: Un certificado de titularidad o el número de cuenta (IBAN) para el abono de la nómina.

3. Formación y Capacitación
* Titulaciones Académicas: Originales o copias para contratos en prácticas o formación que requieran acreditación del nivel de estudios.
* Carnés Específicos: Como el carné de conducir (si el puesto lo requiere) o el de manipulador de alimentos (en hostelería).

4. Otros Requerimientos
* Libro de Familia o Sentencias: Si el empleado tiene hijos o debe acreditar situaciones para beneficios fiscales o permisos.
* Certificado de Discapacidad: Si el contrato se acoge a bonificaciones para personas con discapacidad.
* Protocolos de Empresa: Firma de documentos internos como el Plan LGTBI, el protocolo de desconexión digital o el acuerdo de teletrabajo si aplica.

Es fundamental que esta documentación se recopile antes del inicio de la actividad laboral, ya que el alta en la Sede Electrónica de la Seguridad Social debe realizarse de forma previa.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Ganar una guerra sin armas. Pero con dos “balas en la recamara”

Reflexiones de Mario Benedetti.( Sabios consejos de un hombre sabio) Si estás cerca (arriba o abajo) de los 60, tómate unos 10 minutos y léelo

El banc (central) dels acusats