Apátridas, “no ciudadanos” del mundo
Este colectivo, que figuraba en el borrador del decreto de regularización, fue eliminado por el Gobierno después del dictamen del Consejo de Estado. En España, más del 90% de los apátridas son de origen saharaui.
El
14 de abril el Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto de regularización
administrativa extraordinaria. La norma, que viene a resolver la anomalía
administrativa de un amplio colectivo de personas migrantes que, de manera
irregular, trabajan y residen en España, ha sido celebrada por ONG y
Plataformas como la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la Red
Acoge, Cáritas o el movimiento Regularización Ya.
Pero
la redacción final esconde también sombras importantes, como la exclusión de
los apátridas, un colectivo que figuraba en el borrador del decreto y que
finalmente fue eliminado por el Gobierno después de que el Consejo de Estado
objetase su inclusión en la misma disposición que la relativa a los
solicitantes de asilo.
El hecho ha vuelto a poner de
actualidad la existencia de un colectivo habitualmente desaparecido de los
relatos sobre migración y asilo.
“No ciudadanos”
Para
la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, una de las dos normas
de la ONU que tienen como objeto garantizar unos mínimos derechos a estas
personas, apátrida sería aquella persona que «no es considerada como nacional por ningún Estado en virtud de la
aplicación de su Ley».
Y dado que se le niega la
nacionalidad, tampoco tiene acceso a servicios básicos ni a derechos
fundamentales, como la educación o la atención médica, un empleo formal o
contraer matrimonio. Además, dichas personas corren un riesgo de ser víctimas
de abuso o de explotación.
Por su parte, la Convención de
1961 es la encargada de reducir los casos de apatridia, estableciendo topes a
los requisitos que deben cumplir para acceder a la nacionalidad. En la UE, ni
Francia, ni Grecia, ni Eslovenia han llegado a ratificar esta última
convención; y Chipre, Estonia y Polonia ni siquiera se han adherido a la de
1954. España lo hizo en 1997, pero no aprobó el Reglamento de reconocimiento
del estatuto de apátrida hasta 2001.
Según informes estadísticos de la
Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), en junio de 2025 había cuatro
millones y medio de apátridas en el mundo, pero dado que la mayoría de los
países no proporcionan datos relativos a esta situación, se estima que la cifra
real es mucho más elevada. Estas personas se encuentran prácticamente en todos
los países y regiones del planeta y la mayoría vive en el mismo país en el que
nació.
Entre
los principales colectivos de apátridas en el mundo se encuentra el de los
Rohinyá en Myanmar, cuya Ley de Ciudadanía de 1982 los excluyó de los grupos
étnicos nacionales a pesar de residir en el país desde hace siglos, y
actualmente son considerados «extranjeros»
por las autoridades birmanas.
Otro caso destacable sería el de
los palestinos radicados en países vecinos como Líbano, Siria o Egipto, pues
carecen de una ciudadanía reconocida que les brinde protección, teniendo que
depender de documentos de viaje temporales.
En Europa, atendiendo nuevamente
a las cifras de ACNUR, la mayoría se encontraría en las antiguas repúblicas de
la Unión Soviética, hoy Estados independientes: Estonia y Letonia, por ejemplo,
acaparan la mayoría –255.700 de los 381.000 de la UE– y son normalmente
personas de etnia rusa, cuyos Estados, al independizarse, denegaron la
ciudadanía automática a los residentes no nativos, convirtiéndolos en «no ciudadanos”.
En España, saharauis
En España, más del 90% de los
apátridas son de origen saharaui, un porcentaje que podría ser incluso mayor,
tal y como nos cuenta Mauricio Valiente, presidente de la Comisión Española de
Ayuda al Refugiado (CEAR), ya que “su
situación lleva a algunos a usar documentos marroquíes o mauritanos para
acceder a España por lo que, en los informes anuales del Ministerio de
Interior, es ese el origen con el que aparecen referenciados”.
No
es por tanto extraño que una de las principales críticas al Real Decreto venga
precisamente del colectivo saharaui, tal y como expresa Salamu Hamudi Bachri,
responsable de Asuntos Políticos del Polisario en España: “Valoramos positivamente la regularización de los inmigrantes, pero nos
preocupa enormemente que se haya excluido ad hoc a los saharauis. Esto tiene un
trasfondo puramente político: agradar a Marruecos, no desestabilizar la
supuesta buena relación que mantienen el PSOE y el Majzén. Si en un principio
la norma reconocía la regularización de todos, fueran apátridas, refugiados,
solicitantes de asilo… al final los únicos excluidos son los saharauis”.
El
objetivo de esta excepción sería para Hamudi: “Hacer aún más daño a nuestro pueblo, algo que ya se venía evidenciando
con la merma de la ayuda humanitaria a la población refugiada en los
campamentos”.
Elma Saiz, ministra de Inclusión,
seguridad social y migraciones, ha justificado la medida por las
recomendaciones del Consejo de Estado, tras las cuales el Gobierno no podía “solapar procedimientos” y era necesario
“separar claramente la situación de las
personas apátridas porque no están en situación irregular y están protegidas
por dicho estatuto».
La
explicación del Gobierno se basa en una perversión del lenguaje. Cuando dice
que los apátridas no están en situación irregular, tienen un procedimiento
específico y cuentan con mejores condiciones, está retorciendo la realidad:
obviamente, quien ya tiene el estatus de apátrida tiene mejores condiciones
jurídicas, permiso de residencia, de trabajo permanente…
Pero
aquí de lo que estamos hablando es de solicitantes, razona Sidi Talebbuia,
abogado sevillano de origen saharaui, “el
que necesita regularizarse es el que no tiene el permiso concedido. Es lo mismo
que puede ocurrir con la persona solicitante de asilo. Y sin embargo a estas
personas sí se las incluye en el Real Decreto”.
El motivo, por tanto, solo puede ser político, a juicio de Talebbuia: “La actual presidenta del Consejo de Estado es Carmen Calvo, ex vicepresidenta primera del Gobierno y exministra de la Presidencia con el PSOE de Pedro Sánchez; y es pública la actitud de la parte socialista del Gobierno con respecto a los saharauis.
Buena
parte del problema viene del proceso burocrático para adquirir el estatuto de
apátrida, desarrolla el abogado:
El Reglamento establece un plazo
de tres meses para que sea resuelta la solicitud pero en la práctica, el
trámite, en lugar de resolverse en los tres meses previstos, dura un plazo que
va de dos a tres años, habitualmente, más cerca de tres. Entonces los
solicitantes se encuentran ante una situación de extrema vulnerabilidad, pues
deben permanecer años esperando una resolución, que en la mayor parte de los
casos de estos solicitantes provenientes de los campamentos saharauis suele ser
favorable, pero en ese tiempo de espera, no tienen permiso de trabajo, lo que
complica su existencia y les obliga a estar sometidos a todo tipo de abusos
laborales.
“Aquí el agravio comparativo se hace con respecto a los demandantes de
asilo”, continúa Talebbuia, “puesto
que si a los seis meses, que es el tiempo que se prevé legalmente para que se
resuelva el expediente de los solicitantes de protección internacional, no se
ha confirmado, se les puede autorizar a trabajar en lo que conoce vulgarmente
como la ‘tarjeta roja’ –en el caso de los apátridas sería la verde—”.
Coinciden en la valoración en la
CEAR, tal y como explica Valiente: “Existe
un agravio importante con respecto a los solicitantes de asilo: si una de estas
personas acude a la policía, automáticamente se le documenta y tiene autorización
de permanencia; y a los seis meses, de trabajo, lo que no ocurre con los
apátridas, que sufren un procedimiento mucho más largo y genera una evidente
indefensión en quienes la solicitan. El Gobierno debería automatizar la
permanencia y resolver la situación administrativa para estas personas de
manera automática, que dejen de ser invisibles y puedan acceder a derechos
fundamentales como el trabajo, la sanidad y la educación”.
Por
otra parte, lo que tendría que hacer el PSOE es desencallar el proyecto de Ley
para conceder la nacionalidad a los saharauis, que se encuentra en el Congreso
desde hace dos años bloqueado únicamente por obcecación del Partido Socialista.
Sería una pequeña reparación del daño histórico a la memoria democrática de
este país, un daño que todavía no se ha solventado.
Y en lo concerniente a los
apátridas, es tan sencillo como una orden ministerial que pueda darles el
acceso al trabajo en las mismas condiciones que a los solicitantes de
protección internacional. De esta manera ya ni siquiera sería necesario
incluirles en el proceso de regularización, zanja Talebbuia.
Apátridas por voluntad propia
Por
último, también existen personas que solicitan el estatus de apátrida, pero por
razones muy diferentes a las expuestas anteriormente: si la nacionalidad se
concibe como una cualidad que infunde a la persona el hecho de pertenecer a una
comunidad nacional organizada en forma de Estado, lo que buscan es precisamente
rechazar esa nacionalidad como construcción identitaria impuesta.
Es el caso de Nuria Güell,
artista visual reconocida por sus proyectos de carácter político y social, y
cuyo trabajo ha sido expuesto en museos y galerías de todo el mundo.
La artista, después de varios
proyectos que intentaban subvertir la Ley de Extranjería, como Ayuda
Humanitaria o TooMuchMelanin, llegó a la conclusión de que había que ir a la
raíz, “superar la noción de identidad
nacional como supuesto identitario, por ser una categoría artificial, impuesta
y segregativa”, también por la experiencia de los “incontables horrores cometidos en nombre de los nacionalismos y de ser
la base en la que se sustenta la dialéctica del nosotros y ellos, semilla de la
xenofobia y el miedo a la diferencia”.
Con ese objetivo en mente, Güell
solicitó renunciar a la nacionalidad adquiriendo el estatuto de apátrida, una
petición que le fue denegada sin argumentación. Tras esa primera negativa,
encargó un informe legal partiendo de la base del Artículo 1 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, según el cual todos los seres humanos nacen
libres. “El objetivo de este segundo
informe era saber si, a través del derecho de autodeterminación, se podía
renunciar a su nacionalidad. Yo estaba tensando la cuerda, intentando empujar
los límites”.
Después de un año y medio, el
Ministerio de Justicia le notificó que la petición era inviable: el marco legal
vigente no contempla que puedan existir personas sin nacionalidad por voluntad
propia. Toda persona debe pertenecer obligatoriamente a un Estado… Aunque, eso
sí, pese a que el Estado no permite renunciar a él, se reserva paradójicamente
el derecho a la expulsión de la nacionalidad como castigo.
Miguel
Ángel Fernández
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