¿Existe el derecho internacional?
El año 2025 acabó sin que sucediera nada que los juristas hayamos podido celebrar, y no me refiero solo a los temas penales, que por especialidad me conciernen, sino, especialmente, en lo que interesa a este breve comentario, a la progresiva desaparición del derecho internacional.
El nuevo año ha traído el golpe
de Trump a Venezuela con la detención de Maduro, luego trasladado para ser
juzgado en los Estados Unidos de acuerdo con el “indictment” (acusación) ya
formulada por el Fiscal Geoffrey S. Berman, en cumplimiento de la decisión
presidencial.
Se ha dicho, a raíz de este
gravísimo suceso, que estamos ante una violación flagrante del derecho
internacional y de cuantas declaraciones se han hecho desde la segunda mitad
del siglo XX sobre las condiciones para el uso de la fuerza.
Se ha añadido que se trata de una
“acción de guerra” y que, para
llevarla a cabo, Trump hubiera debido pedir autorización al Congreso de los
EEUU, y, en todo caso, sería una violación del art. 2.3 de la Carta de las
Naciones Unidas, según el que los miembros resolverán sus controversias por
medios pacíficos, así como el 51 de la misma que solo habilita para la
respuesta en legítima defensa ante un ataque armado, que no puede apreciarse
por el solo hecho de la supuesta introducción de droga en un país.
Es evidente que ha quedado clara
la realidad de las relaciones internacionales en nuestro tiempo, exclusivamente
basadas en el poder y la fuerza, haciendo cada vez más irrelevante la Carta de
la ONU y los principios que han de regir los modos de dirimir las diferencias
entre Naciones.
La
consecuencia obligada es reconocer que la cultura jurídica compartida, como
valor de civilización, está en una profunda crisis de la que difícilmente se
levantará.
Llegados a este punto hay que
preguntarse si realmente ha habido tiempos en los que el derecho internacional
haya sido operativo más allá de las grandes declaraciones y de que se estudiara
en las Facultades de Derecho.
No voy a negar la importancia de
los Tratados bilaterales o multilaterales que han funcionado y lo siguen
haciendo, pero sin olvidar que ese relativo valor depende también de que no
haya graves desequilibrios de poder entre las Partes vinculadas.
Nada
se descubre denunciando la brutalidad del Presidente de los USA, del que
abundan muestras indiscutibles de su personalidad violenta y alérgica al
derecho y al respeto a los demás, rasgos silvestres que fascinan a sus
seguidores.
El mero hecho de que hubiera
estado acusado en la causa seguida por el asalto al Congreso como instigador
que solo se archivó ante su victoria electoral, podría ser bastante para
descalificarlo, teniendo en cuenta, además, que sucedió en la que para muchos
es la más antigua de las democracias (desde 1787).
A lo que acabo de decir sobre
Trump se podría añadir que la crueldad con la que la Armada USA ha matado a
tripulantes de pequeñas embarcaciones aduciendo su implicación en el
narcotráfico, es consecuencia de la personalidad del Presidente, que, por
supuesto, no se escandaliza por las ejecuciones extrajudiciales. Son “cosas que pasan”, ha llegado a decir a
propósito del asesinato de Jamal Khashoggi, ordenado por su amigo el príncipe
Mohamed Bin Salmán, o su silencio ante los de su colega Putin, gran
especialista en liquidar a la oposición vía envenenamiento.
Pero,
siendo todo eso repugnante, lo preocupante es el contexto, y me refiero a un
drama que muchos aceptan, lo digan o no, y es la práctica desaparición del
derecho internacional (y que me perdonen mis colegas docentes de la materia).
La atribución a EEUU de ser el
causante del hundimiento del derecho internacional puede parecer excesiva, y lo
es si se le atribuye la responsabilidad exclusiva. Es evidente que desde que se
consideró concluida la guerra fría, y, posteriormente, llegó la crisis de poder
de la antigua Unión Soviética, los USA han detentado materialmente un poder
prevalente que han ejercido con arreglo a sus intereses y a la idea del orden
mundial que han juzgado necesario.
Por esa razón resulta ridículo
decir ahora que los EEUU han transgredido el derecho internacional con ocasión
de la intervención en Venezuela, cuando tradicionalmente han ejercido su rol de
Gran Hermano sin respetar lo más mínimo los principios consagrados en la Carta
de Naciones Unidas. Claro está que en esa acusación entran también otros “grandes” como Rusia o China, y no tan
grandes, como Israel, Irán, Irak y otros.
Lo
más destacable de la conducta exterior de USA no es que desprecie la Carta de
Naciones Unidas, en lo que no es el único Estado, sino en la desvergüenza con
que lo hace.
No sin cierta
ingenuidad, algunos internacionalistas dicen que un suceso tan grave pone de
manifiesto la necesidad de “perfeccionar”
el derecho internacional, pero no su inoperancia, y esa es una reflexión
orientada a salvar los muebles.
Al
estudiar Derecho se enseña que una de las propiedades esenciales de una Ley es
que tenga capacidad para operar y no dependa de que contenga consecuencias para
quienes la transgredan.
Por esa razón, la llamada “Ley natural” tiene un valor cultural y
es una orientación ética, que puede a veces tener fundamentación religiosa,
pero no es propiamente una Ley por falta de esas condiciones, con independencia
de que las Leyes positivas, las promulgadas, puedan estar inspiradas en ella.
El
derecho internacional, a diferencia de otras parcelas del Derecho como puedan
ser el derecho privado o el derecho penal, tiene un origen iusnaturalista, y,
para los juristas españoles, debe bastar la referencia a las obras de Vitoria y
Suárez.
De
Vitoria se ha dicho que fue el fundador del derecho internacional, y que su
pensamiento, recogido en obras como De iure belli, está presente en la Carta de
Naciones Unidas, y ciertamente condena el recurso injusto a la guerra a la vez
que proclama que existen derechos universales que deben ser respetados en
cualquier cultura. Francisco Suárez, autor de De legibus, continuador de la
idea de un derecho superior al derecho de los Estados, elaboraría el concepto
de “derecho de gentes” (ius gentium)
que inicialmente es una parte del derecho natural, del que después se separa,
pero sin desvincularse de su origen.
El derecho de gentes parte de la
existencia de una comunidad de las Naciones, diferente de la comunidad de
individuos, y regula las relaciones entre Estados soberanos como ius inter
gentes, que se correspondería con el actual derecho internacional, y que se
nutre de principios derivados del respeto mutuo y de la prohibición de la
imposición de una nación sobre otra, y en el que tienen cabida mutaciones
generadas por la libre voluntad de los Estados en sus relaciones mutuas, pero
nunca impuestas a través de agresión o la conquista.
Esas
ideas sobre las relaciones entre Estados soberanos influyeron en Grocio y en
Pufendorf, y llegarían al Iluminismo, y, a la postre, se habrían de transformar
en parte esencial de la génesis del derecho internacional, tema en el que no me
detendré, pues lo importante es destacar que en ninguna época ha existido ese
respeto entre las Naciones, y me limito a lo que comúnmente se conoce como “cultura occidental”.
Los Estados europeos han
recurrido a la fuerza siempre que les ha parecido preciso y estaban en
condiciones de hacerlo, y basta recordar la historia respectiva de los Imperios
español, inglés, portugués, austríaco o de la Francia napoleónica.
Si de ahí pasamos a las terribles
Guerras mundiales del s. XX, que, respectivamente, alumbraron la Sociedad de
las Naciones (creada por el Tratado de Versalles, el 28 de junio de 1919) y la
Organización de las Naciones Unidas, sucesora de la anterior, pero con
importantes diferencias, cuya Carta fundacional fue firmada el 26 de junio de
1945, veremos que ambas fueron impulsadas por la hermosa idea de evitar las
guerras y ordenar pacíficamente las relaciones entre las Naciones y la solución
de los conflictos entre ellas, y ni una ni otra lo consiguieron, sin discutir
algunos éxitos parciales.
He
comenzado este comentario a partir de la acción norteamericana en Venezuela,
señalada como la peor transgresión del derecho internacional, como si fuera la
primera vez que USA impone su voluntad a través de la fuerza.
Algunos han señalado a Rusia y la
invasión de Ucrania o el apoderamiento de Crimea.
Casi nadie ha mencionado las
acciones chinas en el Tibet y otros territorios, o su cerco sobre Taiwan
prestos al zarpazo final en cuanto les parezca oportuno.
Y, para redondear el panorama,
ninguna de esas tres potencias ha aceptado y suscrito el Estatuto de Roma de la
Corte Penal Internacional, dejando claro su desprecio a todas las reglas de
conducta que la “comunidad internacional”
ha considerado imprescindibles en los conflictos armados internacionales o
civiles.
¿A
quién vincula, entonces, el derecho internacional? ¿A los Estados que no son
grandes potencias?
Es imposible aceptar que existe
un derecho internacional de cuyo cumplimiento están dispensados, ante todo,
Estados Unidos, Rusia y China, y eso sin entrar en la inadmisible idea que
sobre el respeto a otros Estados se tiene en los que están dominados por el
Islam.
La triste conclusión es que el
derecho internacional ha quedado reducido a una relación de principios de libre
seguimiento, a modo de ideas rectoras de una religión laica, construida a
partir de tradiciones y de una amplísima experiencia sobre los conflictos entre
los pueblos, y en la que muchos Estados no creen.
Lo
que ha hecho USA en Venezuela es para muchos un escándalo político y jurídico,
y para otros un suceso digno de aplauso habida cuenta del pelaje de los
chavistas.
Para
un tercer grupo, de norteamericanos críticos, parafraseando a Fouchet ( o a
Talleyrand, según versiones) y lo que dijo sobre la orden de Napoleón de
capturar al duque de Enghien en territorio neutral y fusilarlo, el golpe y
detención de Maduro peor que un crimen, es un error.
Pero no ha lugar a rasgarse las
vestiduras porque no se haya respetado el derecho internacional, pues nadie en
sus cabales puede creer que en el mundo en que vivimos ese derecho garantiza
que cosas así no se puedan hacer.
Dejo para otra oportunidad el comentario sobre la sarta de necedades que se han dicho en medios españoles, especialmente de la izquierda, sobre este triste y gravísimo suceso, aunque no puedo resistir a la tentación de señalar a dos de ellas como indiscutibles candidatas al primer premio en la categoría, y son las siguientes: la de que España, en protesta, debería abandonar la OTAN, y la de que hay que exigir al Gobierno que “aisle internacionalmente a Trump”.
Nuestra
clase política tiene esos detalles.
Gonzalo Quintero
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