El Gobierno incumple la ley para sufragar la astronómica minuta de la defensa de Llarena
Al afrontar la provisión de
fondos de medio millón de euros contratada con el bufete belga de abogados
Liederkeke Wolters Waelbroeck Kirpatrick, el Ejecutivo se ha saltado
varios artículos de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y ha incumplido
la Ley de Transparencia, según distintas fuentes letradas consultadas.
Para ello alega la urgencia de
una emergencia inexistente y acepta un presupuesto desaforado que refleja su
temor al futuro escenario judicial en Europa.
El
proceso judicial contra el procés independentista
catalán se fundamenta en que la democracia requiere el estricto cumplimiento de
la Ley, pero el Gobierno de Pedro Sánchez ha incumplido diversas leyes, y se ha
saltado normas judiciales establecidas, para aceptar precipitadamente la
fabulosa minuta del bufete belga encargado ahora de defender al juez Pablo
Llarena frente a una demanda civil por derecho al honor que le presentaron en
junio en Bélgica el expresident Carles Puigdemont y otros dirigentes políticos
catalanes encausados.
Para
empezar, Llarena presentó su petición de amparo
fuera de plazo, el 14 de agosto, y además los juristas del Estado
aconsejaron al Ejecutivo que no actuase en esa causa civil privada, puesto que
la demanda respondía a unas declaraciones efectuadas a título particular por el
juez en un foro público, algo que ningún magistrado debe ni puede hacer
refiriéndose a los justiciables de una causa que está instruyendo.pero todas las fuentes jurídicas
consultadas coinciden en que "un
magistrado no puede hablar en público de una causa que está instruyendo, puesto
que al hacer esas declaraciones está prejuzgando lo que tiene que estar
investigando imparcialmente".
"Los imputados pueden alegar que toda la instrucción fue nula y acabar
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenciando que no el juez no fue
imparcial"
Uno de los letrados, con larga
experiencia en este tipo de asuntos, subraya que "los imputados podrían alegar que toda la instrucción fue nula y
acabar el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenciando que no han tenido
un juez imparcial.Porque, según
la doctrina establecida por el Tribunal de Estrasburgo, lo importante no es que
el juez lo sea, sino que parezca imparcial con respecto al justiciable".
Es por ello que prácticamente la
totalidad de los magistrados, si son preguntados por procesos que están
instruyendo, subrayan: "Yo me limito
a mis resoluciones, porque un juez se expresa mediante sus resoluciones".
Ese principio es respetado
escrupulosamente por los jueces belgas y quizá Llarena tardó en darse cuenta de
ello, al no solicitar amparo hasta que sólo
faltaban veinte días para la fecha en la que le había citado a declarar la
primera sala del Juzgado de Primera Instancia francófono de Bruselas.
Porque en un principio la
Justicia española pareció despreciar a la de Bélgica: el ex juez decano de
Madrid, Antonio Viejo, a través del cual se canalizó la citación, devolvió el
exhorto al juez belga sin cumplimentar.
La alegación de Viejo era que se
trataba de juzgar "la
responsabilidad del Estado por acciones u omisiones en el ejercicio de su
autoridad (acta iure imperii o actos
de soberanía estatal)", sin tomar en consideración que Llarena había hablado a título personal
y no mediante un auto o resolución judicial.
La gran sorpresa fue después que
se anunciara una provisión de fondos astronómica en el contrato firmado con el
bufete de abogados belga Liederkerke Wolters Waelbroeck Kirpatrick: 450.413,22 euros, más otros 94.568,78 en
concepto de impuestos. En total, 544.982 euros.
Es doctrina en la Sala Segunda
del Supremo, en la que está Llarena, que como mucho las costas judiciales se
tasan en 3.000 euros
"La cuantía de la minuta es verdaderamente
salvaje", afirma otro de los abogados consultados.
"Yo defendí a un imputado en
el 11-M precisamente ante esa misma Sala Segunda del Supremo [a la que
pertenece Llarena] y a mi defendido le acusaban de haber participado en el
asesinato de más de 190 personas…
Gané el caso en casación y cuando
pasé la minuta para cobrar las costas me dijeron:
"Es doctrina en la Sala Segunda del Supremo que como mucho las costas
judiciales se tasan en 3.000 euros".
O sea, mi larguísima defensa de
un caso penal tan grave no merecía más pago que ése, mientras que en una demanda civil de derecho al honor
en el que sólo se reclama una indemnización simbólica de un euro se acepta que
el bufete que defiende a uno de sus magistrados facture medio millón".
En eso coincide plenamente otro
de los letrados, quien subraya que "sólo se facturan costas elevadas cuando
las indemnizaciones por responsabilidad civil son también elevadísimas…
por ejemplo ante las de una aseguradora tras una catástrofe o las de un moroso
que debe millones.
En ese caso, el bufete puede
presupuestar un porcentaje de lo indemnizado que puede ascender a bastante
dinero. ¡Pero por un solo euro!"
En cualquier caso, tamaña cantidad presupuestada debería haber
sido adjudicada tras un concurso público, en cumplimiento de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Y en su celérica selección,
adjudicación y firma en la Embajada de España en Bruselas, el Gobierno se
estaba saltando –según valoran fuentes jurídicas– los requisitos de los
artículos 119 y 120 de esa ley, referentes a la "tramitación urgente" de "los expedientes correspondientes a los contratos cuya celebración
responda a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar
por razones de interés público".
En el Artículo 120 se establece
el régimen excepcional en el caso de que la "Administración tenga que
actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de
situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la
defensa nacional".
"El Gobierno se acoge a razones de urgencia cuando hubo inacción
voluntaria al actuar fuera de plazo"
Pero el Gobierno no se puede
acoger a esos casos excepcionales, puesto que "la urgencia provino de que se solicitó el amparo fuera de plazo y
a causa de una inacción voluntaria, ya que ni un
juez ni un Estado pueden alegar ignorancia", sostienen dichas
fuentes jurídicas.
En eso coincide otro prestigioso
abogado barcelonés que también pide guardar el anonimato –algo que han
solicitado todas las fuentes consultadas, lo que revela cuán delicada es esta
situación judicial para todos los que hacen declaraciones públicas–. "Lo que pasa es que aquí han alegado
urgencia... no porque sea una emergencia sino porque ya no les quedaba tiempo
para la primera vista… pero no
era más que una vista preliminar, de conciliación, y no era necesario contratar
semejante presupuesto".
"A este bufete belga le ha tocado la
Lotería", continúa el letrado. "Aunque también es cierto que el planteamiento que les ha hecho este
bufete demuestra que este procedimiento no va a ser tan sencillo. Deben haber
puesto ahí todos los previsibles escenarios en los que esto puede acabar
derivando (recursos, incidencias, etc.) y por eso lo han cuantificado con
semejantes importes", estima.
Es decir, la astronómica minuta de los abogados
belgas es una propuesta que "tiene que haber cuantificado todas esas
actuaciones y las debe haber descrito mínimamente, hasta llegar
hasta el final, incluso hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Otra cosa es: ¿hay que cobrar
anticipadamente por todos esos previsibles recursos?
Porque todo ello llevará tiempo.
¿Es necesario pagarlo ya?
Ahí puede haber muchos matices
que no se han explicitado, aunque deberían hacerlo por la Ley de Transparencia.
Exactamente: otra
ley que incumple el Ejecutivo (en su Artículo 70) al no mostrar públicamente
todo el detalle de una minuta tan elevada.
Y ¿por qué lo esconde,
arriesgándose a una nueva demanda en lo contencioso-administrativo?
"Si explicitan el planteamiento del bufete belga, aún sería más
escandaloso, porque se verían las grandes posibilidades que tiene de prosperar
la acción judicial"
Otro de los letrados consultados aventura:
"Han decidido dar el dato de cuánto
puede costarnos esta película para que no se diga que han ocultado el importe,
pero no quieren dar los detalles de la oferta
porque si los dan es casi como describir cuál es la estrategia de defensa del
Estado español frente a esta acción. Además, si explicitan el
planteamiento y la oferta que les ha hecho el bufete belga, aún sería más
escandaloso, porque se verían las grandes posibilidades que tiene de prosperar
la acción judicial".
"Una demanda de protección al honor no tiene una complejidad especial",
insiste ese abogado, que ha llevado muchas causas similares.
Así que creo que el
Gobierno, el Consejo del Poder Judicial y la ministra de pronto se han asustado
ante la posibilidad de que Llarena pierda en sucesivas instancias de la
Justicia europea, puesto que cuando un juez tiene una causa en
marcha no puede ir a unas jornadas a hablar sobre ese proceso abierto.
No puede hacer el más mínimo
comentario ni siquiera en ejercicios hipotéticos o condicionales…
Eso lo sabe cualquier juez.
Y eso les da argumentos a los
imputados para cuando recurran al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Así que el Gobierno no sólo se
está saltando la Ley y gastándose una fortuna, sino que tiene muchas
posibilidades de perder el caso Llarena.
Eso parece explicar las
cuentas del Gran Capitán presentadas por el
bufete Liederkeke para defender al juez azote del independentismo catalán.
Pero eso es todavía más
preocupante para el Estado español.
Carlos Enrique Bayo/ Patricia
Lopez
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