Hacienda envía cartas a declarantes de IVA anunciando posibles revisiones cuadrando datos con las cuentas bancarias
La Agencia Tributaria (AEAT) ha comenzado a avisar de que
conoce los movimientos de las cuentas bancarias de los contribuyentes y que
puede cruzarlas con las declaraciones de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
del ejercicio 2016.
En línea con las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero
de 2018, aprobadas por la Dirección General de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (AEAT), Hacienda está llevando a cabo una campaña de
información del total de entradas en las cuentas bancarias, en relación con el
seguimiento de las obligaciones de IVA.
En el marco de esta campaña, el Departamento de
Gestión Tributaria de la AEAT ha enviado a determinados contribuyentes una
comunicación para informarles de que la Agencia Tributaria dispone, desde 2016,
de la información de las entradas y salidas de todas las cuentas bancarias de
los contribuyentes, tanto
de personas físicas como de entidades.
En dichas comunicaciones, que no inician ningún
procedimiento tributario y en las que no se solicita documentación alguna, se
informa de la posible incoherencia entre
las cuantías declaradas en las autoliquidaciones del IVA y de los abonos en las
cuentas bancarias.
Asimismo, en ellas se comunican los importes
acumulados en 2017 de las entradas en las cuentas bancarias de las que una
persona o entidad es titular o autorizado.
Hace un año, la AEAT ya llevó a cabo una campaña de
seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de IVA, y se enviaron cartas a
aquellos contribuyentes en los que las cuantías declaradas en sus
autoliquidaciones de IVA de 2016 podían no resultar coherentes con los datos de
los que disponía la Agencia.
En la carta de este año, al igual que en la del año
pasado, se advierte de que es una mera comunicación de datos, por lo que no se debe enviar documentación ni
justificar el importe de los abonos o cargos en las cuentas bancarias de las
que ha sido informado.
Parece que, con esta carta, Hacienda intenta evitar
que los contribuyentes cometan irregularidades en sus IVAS declarados, con la
advertencia de la facilidad de detección de fraudes, al tener acceso a los
datos de sus cuentas bancarias. Eso, añadido a que la puesta en marcha del SII
ha supuesto la recepción de gran cantidad de información.
Puede que existan diferencias entre los movimientos
bancarios y los datos declarados en el IVA. Algo que puede llamar la atención
de Hacienda y que no implica necesariamente la existencia de ventas no
declaradas. En ese caso, convendría tener preparada toda la documentación que justifique la existencia de las
discrepancias, en caso de ser objeto de actuaciones de comprobación.
Regularización
espontánea
Una auténtica novedad
en las actuaciones de la Agencia Tributaria, que "más bien parece un aviso
a navegantes. Una iniciativa para que quienes se den por aludidos regularicen
de forma espontánea su situación tributaria".
"Es un asunto
muy complicado en el caso de muchos de los obligados tributarios del IVA,
puesto que en el caso de corredores de seguros o de las gasolineras, por poner
dos ejemplos, se ingresan en las cuentas todo lo que se ha vendido hasta que se
liquida y el profesional o la sociedad tan solo se queda, finalmente con las
comisiones que le corresponden".
Los afectados que han
sido seleccionados por el Departamento de Gestión en el marco de un plan
especial de seguimiento en cumplimiento de las obligaciones de autoliquidación
del IVA correspondientes al ejercicio 2017.
Según fuentes de la
propia Aeat consultadas, se trata de "un goteo constante" de
comunicaciones, que se circunscriben en el Plan Anual de Control Tributario
2017, en el capítulo destinado al IVA y la lucha contra la economía sumergida.
En las Directrices de
este Plan de Control se prevé potenciar "el análisis de la capacidad
adquisitiva real de los contribuyentes, combinando el contraste de la
información declarada sobre bienes y derechos con información sobre gestión de
cuentas corrientes e inconsistencias con su titularidad formal, beneficiarios
de tarjetas de crédito emitidas tanto en España como en el extranjero y uso de
efectivo", a la vez que se mantienen las actuaciones para verificar que se
cumple la limitación de pagos en efectivo.
En la presentación de
estas Directrices se anunciaban actuaciones presenciales de diversa intensidad
-actuaciones de personación, requerimientos y visitas censales- desde "una
perspectiva integral".
Así,
en la carta remitida a los obligados tributarios, se anuncia que se
intensificarán las personaciones en las sedes donde se realiza la actividad
económica de los obligados tributarios, al objeto de acreditar y regularizar
situaciones de infradeclaración de ingresos.
Venta
al consumidor final
En particular, la
Aeat anuncia que incidirá en 2017 en actuaciones sobre sectores en los que se
aprecie mayores niveles de riesgo de incumplimiento en el IVA, potenciando la
presencia de la Administración tributaria en relación con actividades
caracterizadas por la venta al consumidor final.
Estas revisiones son
complementarias de las que actualmente se están realizando sobre las sociedades
civiles sin objeto mercantil y sobre aquellas que han decidido su liquidación
del régimen especial.
También deben
prepararse para una exhaustiva revisión de su autoliquidación, con solicitud de
todo tipo de pruebas, quienes consideran que parte de las retenciones
realizadas por la empresa sobre sus percepciones por trabajos en el extranjero
están exentas.
Además la
Administración considera que no es aplicable el régimen de dietas exceptuadas
de gravamen y la exención de trabajos realizados en el extranjero en el caso de
administradores y socios que no son dependientes y ajenos a la sociedad.
En la misma línea,
señaló que en aquellos casos en que la empresa compensa por gastos de
manutención, estancia y desplazamiento, el trabajador debe conservar todos los
justificantes de los viajes o copia de los mismos si los originales se los
queda la empresa, pues es muy probable que sea objeto de una comprobación.
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