Cómo hacerte con el certificado de retenciones del IRPF para tu Renta 2017
A tan solo unos días para dar comienzo la campaña de la
Renta 2017 muchos son los autónomos que ya calientan motores para gestionar su
factura fiscal del pasado año, especialmente si el resultado es a devolver.
Otros
esperarán a la recta final del plazo que empieza el 4 de abril y acaba el 2 de
julio.
Hoy te diremos los documentos que
puedes necesitar para tu declaración de la Renta de este año: el certificado de
retenciones del IRPF.
Y
digo puedes, porque no será indispensable para todos los autónomos sino solo para aquellos que practiquéis retenciones.
Qué autónomos estais obligados a presentar
certificado de retenciones del IRPF
Si
estás en alguna de las siguientes categorías has de entregar el certificado de
retenciones de IRPF.
·
Autónomos o empresarios con personal a cargo.
A la
empresa o al autónomo les corresponde el cálculo de las retenciones de IRPF que
debe aportar el asalariado a Hacienda mediante nómina y la entrega del propio
certificado de retenciones a sus trabajadores.
Recuerda que si tienes trabajadores
en plantilla has de entregar a Hacienda el porcentaje que no has pagado a tus
trabajadores en nómina mediante el modelo 111 trimestral y el resumen anual 190.
·
Autónomos profesionales que emitan factura con
retención a sus clientes.
En
caso de que como autónomo factures con retención, al 7% si eres nuevo autónomo
o al 15% el tipo genérico, también debes contar con este certificado para
conocer la cuantía de IRPF que tu cliente ha entregado a Hacienda en tu nombre
por tus servicios prestados. Es la empresa retenedora la que debe facilitar
este certificado al autónomo profesional, es decir: tu cliente
·
Eres un autónomo
que desarrolla su actividad en un local alquilado.
En este caso también debes presentar
certificado de retenciones, o lo que es lo mismo, del dinero que has dejado de
pagar al arrendador a cuenta de su IRPF y que has ido entregando de forma
periódica, trimestral a través del modelo 115 o anual con el modelo 180.
Este certificado es el que entregarás al propietario del local.
Como empresa o autónomo
retenedor has de entregar el certificado original con firma y sello de quien lo
emite.
Qué ocurre si no entregas el certificado
de retenciones de IRPF
Ten
en cuenta que si practicas retenciones no solo debes emitir el certificado
correspondiente sino que además tiene que entregárselo obligatoriamente al
contribuyente con independencia de que nos refiramos a un trabajador en nómina,
a un autónomo profesional o al arrendador de tu local.
Antes del inicio de la campaña, que
recordemos este año comienza el 4 de abril, has tenido que hacer llegar cada
uno de los certificados de retenciones a quien corresponda.
De no hacerlo estarás cometiendo infracción
tributaria leve conforme al artículo 2016 de la Ley
58/2003, 17 de diciembre, General Tributaria.
El coste de la sanción es de 150 euros.
Cómo obtener el certificado de retenciones del
IRPF
Puedes
conseguir el certificado de retenciones que como empresa o autónomo pagador
entregarás al contribuyente a través de dos vías:
·
Personándote en la delegación de Hacienda que
corresponda a tu domicilio fiscal con cita previa.
·
Mediante la sede electrónica de Hacienda
con certificado digital.
Una vez accedas has de descargarte el fichero del modelo 190 de retención
practicadas en el IRPF a trabajadores vía nómina y/o el modelo 180 de
retenciones practicadas en el IRPF a alquileres de inmuebles urbanos,
presentados el pasado enero , clicar sobre la opción de presentar el modelo, importar
el fichero descargado, seleccionar todos los perceptores en la categoría
apartado y obtener el certificado de retenciones del IRPF
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