¿Rectificar o anular facturas?
Pues te explicamos sus diferencias y en qué casos
debes aplicar cada una.
La
rectificación o anulación siempre debe ser realizada bajo el reglamento del Real
Decreto 1619/2012, por el que se regulan las obligaciones de
facturación. Es por eso que vamos a explicarte las diferencias y cuál se debe
aplicar según la situación.
Las facturas emitidas no deben ser eliminadas. Desde la entrada en vigor
del actual Reglamento de Facturación, la única forma válida de rectificar una
factura es emitiendo una factura rectificativa.
Pero… rectificar no es lo
mismo que anular una factura emitida.
“He cometido un error fatal en
una factura ya emitida!
¿Cómo
puedo enmendarlo?”… En fin, errar es de humanos!
Un impulso primario puede llevarte a querer deshacerte de
esa factura y hacer una nueva, pero el pánico es mal consejero.
Recuerda siempre esto:
Una factura no se puede cancelar sin más. No te puedes deshacer de ella
como si aquí no hubiera pasado nada.
Recordemos qué apartados
debe contener una factura de las llamadas especiales para que se ajusten a la
legalidad.
·
Si la factura contiene
operaciones exentas de IVA, debes indicar la norma que determina esa exención.
Esta norma se encuentra en la Ley del Impuesto o en la Directiva Europea
2006/112/CE, de 28 de noviembre.
·
También deben hacerse constar
los regímenes especiales del IVA
·
Si emites una factura a una
empresa residente fuera de España, en la Unión Europea (operaciones
intracomunitarias), también deberás indicar al pie, la obligación del
destinatario de declarar el IVA.
¿Cómo
corregir una factura del mismo trimestre?
Enmendar un error en una factura
que todavía no has declarado es muy sencillo. Cuando se trata de algún fallo en la información que detectas de forma
inmediata, basta con que lo expliques a tu cliente y le envíes una nueva
versión corregida.
Recuerda que solo nos referimos a
errores simples, como el nombre, la dirección o el DNI, y que jamás debes
romper la correlatividad de las facturas.
En el caso de que se trate de una
equivocación en las operaciones o de una devolución, puedes emitir una nota de crédito.
Se trata de un documento legal
que actúa como una factura negativa. Es decir, imagina que facturaste 250 euros
a tu cliente.
Con la nota de crédito se los
abonarías de nuevo y anularías esa cantidad de tu contabilidad.
Después, podrías realizar otra
factura con la cantidad correcta.
La nota de crédito cuadra la contabilidad para
evitar problemas posteriormente en la declaración trimestral.
Además, permite que no se produzcan saltos ni repeticiones en la numeración
de las facturas. Y es que legalmente los números deben ser correlativos y nunca pueden reutilizarse,
aunque correspondan a facturas anuladas.
¿Cómo
corregir una factura de otro trimestre?
Cuando el error que quieres
corregir afecta a una factura de
un trimestre anterior, la nota de crédito ya no es una opción.
En este caso, será necesario
hacer una factura rectificativa para que Hacienda pueda devolverte el
IVA que hayas pagado.
Este documento debe expedirse en el momento en que sepas los motivos por
los que es necesario corregir la factura errónea, siempre y cuando no hayan pasado más de cuatro años desde que
la emitiste.
Para ello, tienes que incluir los datos básicos de cualquier factura y
también añadir la siguiente información:
·
.-La condición de factura
rectificativa.
·
.-Los datos que identifican la
factura rectificada (número, fecha de expedición, etc.).
·
.-La rectificación que se lleva a
cabo en el nuevo documento.
·
.-Los motivos por los que se
realiza esa modificación.
·
.-El importe de la rectificación
(ya sea positivo o negativo).
Ten en cuenta también que es posible rectificar varias facturas en un mismo
documento, siempre que identifiques todas ellas.
O de otro modo, quizás mas clarificante:
Cómo se debe hacer una factura rectificativa
Las facturas rectificativas son
aquellas facturas que se corrigen debido a que la emitida tiene un error.
Los errores pueden deberse a
múltiples motivos, sea que la numeración de la factura es errónea, que la fecha
está mal puesta, los datos del destinatario o emisor son erróneos, equivocación
en el concepto, el IVA mal aplicado, un importe incorrecto, etc.
Cuando se produce un error en la
factura emitida inicial, se debe corregir emitiendo una factura rectificativa.
Esta nueva factura, tiene una
serie numérica distinta.
En dicha factura, se corregirán
los datos erróneos además de indicar los motivos de la modificación, el número
de la factura errónea y su fecha. Se deben conservar ambas facturas.
No es necesario señalar el motivo
de la modificación, ni especificar que se trata de una factura rectificativa.
Cuando la rectificación es debida
a la concesión de descuentos o bonificaciones por volumen de operaciones no es
necesaria la identificación de las facturas rectificadas.
Basta con determinar el período
al que se refieren.
Si la modificación de la base
imponible es consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y
embalajes, no es necesario emitir una factura rectificativa.
En este caso, se puede realizar
la modificación en la factura que se emita en un suministro posterior. Se
restará el importe de las mercancías o de los envases y embalajes devueltos del
importe de dicha operación posterior.
Puedes rectificar varias facturas
en una sola, siempre y cuando identifiques todas las facturas que quieras
rectificar.
Por otro lado, Hacienda permite utilizar facturas rectificativas para
recuperar el IVA de las facturas que no hayas cobrado en dos casos concretos:
1.- Tu cliente es declarado en concurso.
2.- Por haber transcurrido 1 año desde el devengo del IVA, 6 meses para pymes,
siempre que hayas instado su cobro mediante reclamación judicial o
requerimiento notarial.
Deberás emitir una factura rectificativa tan pronto tengas constancia del
error cometido, siempre que no hayan transcurrido 4 años desde el devengo del impuesto o
desde que se produjeran las circunstancias de la modificación de la base
imponible.
Cómo anular una factura
Sólo se puede emitir una factura
rectificativa negativa que compense totalmente a la original cuando exista una
justificación de peso.
La anulación de una factura se
debe a motivos totalmente opuestos a lo anteriores.
Cuando se emite una factura
negativa siempre se debe justificar los motivos de la anulación.
Los supuestos para la emisión de una factura
negativa pueden ser, la cancelación de un producto que ya se ha cobrado, pero
no se ha recibido o la cancelación de un servicio ya abonado pero que nunca se
ha producido, o la devolución de un producto, etc.
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