40 años de una Constitución que el rey Juan Carlos no juró.
Juan Carlos I fue proclamado rey el 22 de noviembre de 1975,
tras la muerte de Francisco Franco, de acuerdo con la Ley de Sucesión en la
Jefatura del Estado de 1947.
El 6 de diciembre de 1978 el pueblo español aprobó la
"sagrada"constitución cuando hacia 3 años que Juan Carlos I reinaba
por la gracia de Franco.
Recuerden que Juan Carlos I juró lealtad a Franco el 22 de julio de 1969, 6 años antes de que muriera el golpista dictador.
Recuerden que Juan Carlos I juró lealtad a Franco el 22 de julio de 1969, 6 años antes de que muriera el golpista dictador.
Su solemnes palabras fueron:
"lealtad a su excelencia el Jefe del Estado y fidelidad
a los Principios del Movimiento Nacional y demás leyes fundamentales del
Reino".
El problema es que sobre el juramento la gente se confunde porque creen recordar que
"alguien" juró la constitución...
Ese alguien fue su hijo Felipe (el actual rey) que así lo
hizo el 30 de enero de 1986 al cumplir la mayoría de edad
Y más tarde cuando heredó el cargo de su padre (19 de junio
de 2014) con estas frase:
"juro desempeñar fielmente mis funciones, guardar y
hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los
ciudadanos y de las comunidades autónomas".
La cuestión es que
"campechano"no lo hizo".
Y no lo hizo porque le juró lealtad al franquismo. No hay que
darle más vueltas...
Incluso, por ello, se podría interpretar que el actual rey lo
es de forma ilegal.
Me explico, el rey emérito juró lealtad a Franco que lo puso
para reinar en la transición, pero, al no jurar la Constitución, sus preferencias
de abdicación no hubieran tenido que regir ya que el artículo 57.1 establece:
«la Corona de España es hereditaria en los sucesores del Rey Juan Carlos I de
Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. (...)».
De acuerdo, pero ¿es legítimo que alguien que no ha jurado la
Constitución decida su heredero?
¿Cómo quedamos?, ¿hay que cumplir y respetar la Constitución
a rajatabla o no?
¿O hay que gente que puede pasársela por el forro?
Para que vean
que no me lo invento..
ASÍ LO
PUBLICÓ EL PAÍS EN 1978
La posibilidad de que el rey
don Juan Carlos jure la Constitución parece disiparse, pese a las especulaciones que se han formulado en
los últimos días, de acuerdo con la interpretación dada por fuentes de la
máxima solvencia que apoyan su argumentación en razones
jurídico-constitucionales.
Cobra peso, en cambio, el que Su Majestad sancione la
Constitución -es decir, la firme para su promulgación- en un acto solemne, al
que concurran todas las fuerzas parlamentarias.
Las mismas fuentes interpretan que don Juan Carlos ha
prestado juramento solemne en las dos ocasiones en que ello fue necesario, al
ser proclamado Príncipe de España y al tomar posesión, como Rey, de la Jefatura
del Estado.
La
Constitución no prevé la posibilidad de la jura en ninguna de sus
disposiciones, por lo que, de producirse, sería un acto extra-jurídico, no
exigido por el ordenamiento, y anómalo desde este punto de vista.
El
Rey sanciona con su firma todas las disposiciones legales que así lo requieren
para su publicación y promulgación en el Boletín Oficial del Estado.
Esa
misma exigencia de la sanción se plantea para la Constitución, y, de acuerdo
con todo lo anterior y dada la relevancia de esta norma suprema del
ordenamiento jurídico de la nación, se está considerando seriamente la
posibilidad de un acto extraordinario que podría tener lugar en el palacio de
La Zarzuela, y al que concurrirían representaciones de todas las fuerzas
políticas parlamentarias, para revestir de la máxima solemnidad la sanción de
la Constitución.
Elemento
de confusión
El
artículo 61 de la Constitución establece que «el Rey, al ser proclamado ante
las Cortes generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus
funciones...». El hecho de que don Juan Carlos lo prestase ahora, podría
introducir un elemento de confusión, ya que podría interpretarse que necesita
de ese trámite para que el Monarca sea considerado como tal.
Sólo
su sucesor tendrá que someterse al juramento y, antes, el príncipe heredero, al
alcanzar la mayoría de edad, de acuerdo con lo preceptuado por la propia
Constitución.
La
Junta de Portavoces del Congreso abordó el jueves la posibilidad del juramento
y facultó a la mesa de la Cámara para que estudie el tema.
Alfonso Guerra (PSOE) planteó la necesidad de que el
posible acto de jura tuviese una gran solemnidad, mientras que Manuel Fraga (AP) sugirió que el acto se celebrase con el
mínimo gasto y «austeridad espartana».
YA
VEN..
FRANCISCO
BALAGUER (Catedrático de derecho constitucional) DIJO:
..."no
se puede, pues, hablar en ningún caso de legitimidad, pese a que la ejerció
durante la Transición, hasta la Constitución de 1978. En todo caso señala la
legitimidad difusa sí valió para que se convirtiera de forma indirecta en un
freno a la involución".
Jordi Catala
Comentarios
Publicar un comentario