Prestacion por maternidad: Como reclamar a Hacienda la devolución del IRPF.
¿Has cobrado prestación de maternidad en el ejercicio 2014 o
posterior?
El
Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de
la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadores durante la baja de
16 semanas tras el nacimiento de su hijo, están exentas del Impuesto sobre las
Rentas de las Personas Físicas (IRPF).
La
sentencia abre la puerta a un aluvión
de reclamaciones sobre las declaraciones de la renta de los años
2014, 2015, 2016 y 2017.
Además, las mujeres trabajadoras que sean madres
en 2018 ya no tendrán que tributar por la prestación de maternidad percibida
en este ejercicio en la campaña de la renta de la próxima primavera.
Esto
quiere decir que algunos padres que solicitaron la prestación por maternidad o
paternidad podrán recuperar entre 1.000 y 2.600 euros por hijo si lo reclaman
ante Hacienda.
Se puede solicitar la devolución del IRPF de la prestación por
maternidad antes de que termine el plazo de prescripción.
Por tanto, el
contribuyente tiene derecho a solicitar una modificación de su declaración de la renta
antes de que ésta haya prescrito. Por ejemplo, a fecha 01/12/2018 un
contribuyente podrá rectificar las declaraciones de la renta de los años 2014,
2015, 2016 y 2017.
Es decir, antes de que pasen 4 años desde:
- el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de
la declaración cuya rectificación se pretende, o
- el día siguiente a la presentación de la declaración si se
presentó fuera de plazo.
Así, el plazo de presentación de la declaración de IRPF del
ejercicio 2014 terminó el 30 de junio de 2015 por lo que se puede solicitar la
devolución correspondiente a ese año hasta el 30 de junio de 2019.
¿Quién puede reclamar?
Los contribuyentes del IRPF que incluyeron la prestación por
maternidad en su declaración y que pagaron más o les salió a devolver menos que
si no lo hubieran hecho.
Si percibiste la
prestación entre el 01/01/2014 y el 31/12/2017
Puedes solicitar la
devolución del IRPF de la prestación por maternidad si cobraste este subsidio
en los años 2014 a 2017.
Además de las madres, pueden reclamar los padres que hayan
compartido la baja por maternidad.
Si la percibiste antes del
01/01/2014
En este caso la declaración de IRPF que la incluye ya está
prescrita. No podrás solicitar la devolución de lo pagado de más.
Si ya has reclamado
Si solicitaste la
rectificación de tu declaración de IRPF es seguro que Hacienda te la denegó. Si
te conformaste y no seguiste recurriendo, el asunto ya está cerrado. No puedes
volver a instar la rectificación.
Si recurriste y el procedimiento sigue abierto, como la sentencia
fija jurisprudencia fallarán a tu favor. Obtendrás la devolución de los
ingresos indebidos y los intereses de demora correspondientes.
¿La exención afecta a la
prestación por paternidad?
La Ley del IRPF habla de
exención por maternidad. Por eso, Hacienda puede intentar que no se aplique a
la prestación por paternidad.
El Tribunal Supremo ya ha equiparado ambas situaciones en otros
supuestos distintos a éste. Haz cálculos por si te interesa reclamar. Puede que
Hacienda se oponga, pero a la larga los tribunales te darán la razón.
¿Cuánto dinero podrás
recuperar?
El importe que te
devolverá Hacienda dependerá de la cuantía de la prestación recibida y del tipo
de gravamen de tu declaración.
Para saber la cantidad exacta hay que volver a hacer la
declaración sin incluir la prestación como rendimiento del trabajo.
¿Cómo reclamar?
Debes solicitar la
rectificación de tu declaración de renta que incluya la prestación por
maternidad. Pedirás:
- la devolución de los
ingresos indebidos (lo que has pagado de más o te han devuelto de menos)
- y los intereses de
demora correspondientes
Puedes hacerlo en las Administraciones de Hacienda o a través de
su sede electrónica.
Consejos
1. Si tu bebé nació en el último trimestre del año, es posible que cobraras la prestación en dos ejercicios distintos, por lo que deberás solicitar la rectificación de ambas declaraciones.
1. Si tu bebé nació en el último trimestre del año, es posible que cobraras la prestación en dos ejercicios distintos, por lo que deberás solicitar la rectificación de ambas declaraciones.
2. Como la rectificación
paraliza el cómputo de la prescripción y va a suponer una revisión de tu
declaración, asegúrate de haber declarado bien para evitar que salgas
perjudicada.
3. Si no quieres complicarte la vida y prefieres que nos encarguemos
nosotros, contáctanos y estaremos encantados de ayudarte.
Te adjuntamos dirección electrónica
donde encontraras el modelo de solicitud de rectificación.
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