Respiro para los autónomos en Módulos
El Ministerio de Hacienda ha decidido prorrogar dos años más los viejos límites y posponer al 2018
la entrada en vigor de los topes de 125.000 y 75.000 euros, respectivamente,
previstos en la ley 26/2014 de la reforma del IRPF. De este modo, un mayor número de autónomos y
profesionales podrán elegir seguir tributando en el régimen de módulos, si te
resulta conveniente, hasta 2018 como mínimo.
Algo
más de 1,4 millones de
autónomos en España declaran su actividad al fisco a través del régimen de estimación
objetiva, popularmente conocida como «módulos»
Muchos erais
los preocupados, ahora a respirar
aliviados después de que al Ministerio de Hacienda se lo hayan pospuesto dos
años, hasta el 2018, el endurecimiento de los requisitos que les impediría
seguir declarando a través de esta fórmula, que supone una cuota fija en lugar
de tributar por la diferencia entre ingresos y gastos, que obliga a llevar una
contabilidad.
Así,
durante el 2016 y el 2017 miles de pequeños negocios que trabajáis directamente
con el consumidor final (se incluyen todo tipo de comercios, taxis, etc.) que facturáis
hasta 250.000 euros anuales podréis seguir tributando por módulos, ya que la
rebaja a 150.000 euros al año -prevista en la reforma fiscal, la ley 26/2014-
no entrará en vigor el próximo enero, como estaba previsto.
También los profesionales estarán obligados a emitir factura por
los servicios prestados a otras empresas cuando
estos superen los 125.000 euros al año, en lugar de los 75.000 que marcaba el
cambio normativo pospuesto.
La enmienda, identificada
con el número 3.460, justifica la nueva ampliación de la moratoria -cabe
recordar que la reforma fiscal ya estableció un período transitorio de un año
para la entrada en vigor de los nuevos máximos de facturación, hasta enero del
2016- en la «necesidad de adaptación de la
organización de los empresarios individuales a las nuevas obligaciones formales
y de registro de operaciones, que va a conllevar la exclusión del método de
estimación objetiva».
"La
necesidad de adaptación de la organización de los empresarios individuales a
las nuevas obligaciones formales y
de registro de operaciones, que va a conllevar la exclusión del método de
estimación objetiva, aconsejan establecer para 2016 y 2017 un régimen transitorio que
facilite dicha adaptación", justifica el texto de la enmienda.
Las
organizaciones de autónomos y patronales sectoriales, como ATA o Fedepesca, se
han felicitado por la que consideran una buena noticia para los pequeños
empresarios, que podrán mantener este sistema de tributación objetivo, y una
victoria de la «presión» realizada para convencer al Ejecutivo de la necesidad
de no rebajar los límites.
La organización de transportistas ha
expresado su satisfacción por la introducción de esta enmienda, pues al ampliarse
los límites establecidos en la última reforma fiscal, más de 100.000 transportistas autónomos, “no sólo se mantendrán en el sistema de módulos, sino que se mantendrán
en la actividad" al no tener que afrontar los 15.000 euros de media
que les hubiese supuesto cambiar de sistema de tributación.
“Modificaciones sustanciales en el régimen de estimación objetiva
(módulos) de aplicación a partir del 1 de enero de 2016”.
O “Afectación a un
elevado número de sujetos pasivos por disminución de los límites de aplicación
y reducción de epígrafes de actividades que dan derecho a su inclusión”.
O
“Comprueba si puedes ser excluido del sistema de módulos en 2016”
Son
noticias que no pueden darse sin alarmar a
nadie, e internet, corre por ser el primero y ahí queda; hasta que las
noticias, buenas o malas, no tengan fecha real de aplicación, mejor no
publicarlas, luego pasa que quedan desmentidas pero de internet nadie las
borra, y el malentendido persiste.
Ello, es lo
que a muchos os ha llevado al equívoco y espero habéroslo aclarado en este artículo.
Comentarios
Publicar un comentario